Permiso para autorizar la acampada en las zonas especialmente delimitadas para ello dentro de los espacios naturales y montes públicos.
Con carácter general, la Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia prohíbe la acampada libre, fuera de las zonas de camping u otras especialmente autorizadas para ello. En los espacios naturales de la Región de Murcia, la acampada puede realizarse en zonas específicas, previo el permiso obtenido a través de este procedimiento.
Se recomienda que, con carácter previo a la presentación de la documentación y el pago de la tasa, el interesado compruebe la disponibilidad de la zona de acampada elegida, a través del correo electrónico infoespaciosprotegidos@carm.es o del teléfono 968 228 937, indicando el Código del procedimiento: 5161. El tiempo máximo de acampada será de TRES NOCHES. En caso de asociaciones que desarrollen actividades formativas y de educación ambiental, fomentando el respeto al medio ambiente y la defensa de la naturaleza será de un máximo de SIETE NOCHES.
Los interesados deben conocer y respetar las Condiciones generales de utilización de las zonas de acampada, de acuerdo con su compromiso expresado en el formulario de solicitud y exigido por la Resolución de Autorización.
Pueden obtener amplia información de las zonas de acampada existentes, consultando el documento: Guía de zonas de acampada.
Existe un formulario de Encuesta de usuarios de zonas de acampada, donde estos pueden expresar su opinión sobre la acampada.
La Dirección General de Medio Natural podrá disponer de las zonas de acampada por motivos de gestión interna, planificación o trabajos forestales.
Personas físicas y jurídicas.
Es conveniente presentar la solicitud con 15 días hábiles anteriores al inicio de la acampada
DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO NATURAL Y ACCIÓN CLIMÁTICA (A14028276)
Se recomienda que, con carácter previo a la presentación de la documentación y el pago de la tasa, el interesado compruebe la disponibilidad de la zona de acampada elegida, a través del correo electrónico infoespaciosprotegidos@carm.es o del teléfono 968 228 937, indicando el Código del procedimiento: 5161.
El tiempo máximo de acampada será de TRES NOCHES. En caso de asociaciones que desarrollen actividades formativas y de educación ambiental, fomentando el respeto al medio ambiente y la defensa de la naturaleza será de un máximo de SIETE NOCHES.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
La Dirección General del Medio Natural pone a disposición de los interesados la posibilidad de adelantar la tramitación de la autorización, enviando por correo electrónico copia de la solicitud y de los documentos debidamente registrados previamente, a la dirección: infoespaciosprotegidos@carm.es, según los pasos siguientes:
1.- Una vez cumplimentada la solicitud y registrada junto con los documentos correspondientes, el interesado enviará una copia escaneada de todos ellos a la dirección indicada.
2.- Recibidos los documentos y comprobada la disponibilidad de plazas en la zona de acampada solicitada, se expedirá el modelo de autoliquidación de la tasa con el importe que deberá abonar y se le remitirá al interesado por correo electrónico.
3.- El interesado remitirá copia escaneada del justificante de pago de la tasa (Ejemplar para la Administración) a la dirección señalada, al menos cinco días antes de la fecha inicio de la acampada.
4.- Comprobado que el pago se ha efectuado correctamente, la Dirección General del Medio Natural AUTORIZARÁ la acampada y remitirá el documento al interesado.
A. Tramitación telemática del procedimiento. En este caso, la liquidación de tasas correspondiente, que deberá efectuarse con tarjeta de crédito o débito, está integrada entre las diferentes fases del trámite telemático necesarias; por lo tanto, no es necesario obtener la carta de pago.
B. Tramitación presencial del procedimiento. .Realice simulación del cálculo - Obtenga la carta de pago (requerida únicamente para la tramitación presencial) y abone el importe mediante tarjeta bancaria en la oficina o antes de acudir presencialmente.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |