Procedimiento de admisión de alumnos de Primer Ciclo de Educación Infantil (0-3 años).
1. Pueden ser solicitantes de plaza escolar los padres, madres, tutores o acogedores legales o guardadores de hecho que representen a los niños.
La solicitud deberá ir firmada por los dos progenitores, tutores, acogedores o guardadores de hecho y cumplimentada con los datos de ambos.
En caso de solicitud electrónica o cuando, en papel, solo contenga una firma, el centro escolar solicitará el modelo "Declaración jurada para las solicitudes de escolarización presentadas con una sola firma" (disponible en "modelos para la presentación" o en la web educarm.es/admision, o bien otra documentación justificativa que concrete la causa que impide la segunda firma.
Excepcionalmente, podrán realizar la solicitud otras personas debidamente autorizadas por los solicitantes, para lo cual deberán presentar el modelo de autorización según anexo disponible en "Modelos para presentación" y también disponible en el portal Educarm, sección Admisión de alumnos (http://www.educarm.es/admision).
2. La solicitud para participar en el proceso de admisión se puede realizar a través del formulario electrónico en sede o descargarse en el apartado "modelos para presentación" y en el portal Educarm, igualmente, estará disponible para los solicitantes en los centros educativos.
3. La documentación acreditativa que debe acompañar a la solicitud para la puntuación del baremo se encuentra en el Anexo II.
Toda la información oficial de este proceso se facilitará, igualmente, a través de los centros educativos solicitados en primera opción.
4. El criterio de renta familiar es de obligada consulta electrónica, por lo que la oposición a su consulta implica necesariamente que no se obtendrá puntuación de baremo en dicho criterio, al no poderse obtener dicha información por otro medio.
Los solicitantes podrán consultar, a efectos informativos y si así lo autorizan en la solicitud, sus resultados de baremo y adjudicación a través de los siguientes medios:
· Vía página web, a través de la dirección http://www.educarm.es/admision/
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· A las direcciones de correo electrónico indicadas en la solicitud.
Más información en http://www.educarm.es/admision/
Puede consultarse la información completa de cada centro escolar en: http://mapaescolar.murciaeduca.es/mapaescolar/#
Preguntas frecuentes: consultar aquí
Niños y niñas de 0 a 3 años. Las solicitudes se presentarán por los progenitores o tutores legales del menor.
Los plazos de presentación son los recogidos en el Anexo I (calendario) de la Resolución de Instrucciones de Admisión.
Las solicitudes presentadas fuera de plazo perderán el derecho a la puntuación del baremo.
Se presentará una única solicitud por niño o niña. En caso de presentar varias, solo se tendrá en cuenta la última solicitud mecanizada. Esta duplicidad supondrá la penalización en la adjudicación (ver apartado 4 de la normativa).
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PLANIFICACIÓN EDUCATIVA E INNOVACIÓN (A14038194)
Para poder ser escolarizado en Primer Ciclo de Educación Infantil, el domicilio familiar debe estar en la Región de Murcia.
Edades que pueden escolarizar en las Escuelas de Educación Infantil:
a) Niñas o niños nacidos antes del 12 de mayo de 2025 y, por tanto, con una edad mínima de dieciséis semanas cumplidas a 1 de septiembre de 2024. Para el caso de las gestantes, en la solicitud se indicará, al menos, nombre y un apellido, junto al resto de datos solicitados. La fecha de nacimiento que se indique será la prevista inicialmente.
b) Niñas o niños de uno a dos años que a 31 de diciembre de 2025 hayan cumplido un año (nacidos en 2024).
c) Niñas o niños de dos a tres años que a 31 de diciembre de 2025 hayan cumplido dos años (nacidos en 2023).
Los documentos acreditativos del baremo deberán estar vigentes el día antes a la apertura del plazo de presentación de solicitudes.
Para el curso 2025-2026 las niñas o niños de dos a tres años que a 31 de diciembre de 2025 hayan cumplido dos años (nacidos en 2023) pueden ser escolarizados también en determinados Centros de Educación Infantil y Primaria que ofertan Aulas 2-3, todos los centros que ofertan este nivel (Colegios y Escuelas Infantiles) están recogidos en el documento "Listado de centros de 2 años" que puede consultarse en la sección "Documentación".
Los Centros de Educación Infantil y Primaria que ofertan Aulas 2-3 en el curso 2025-2026 participan del «Programa de Cooperación Territorial de Impulso de Escolarización en el Primer Ciclo de Educación Infantil, con nuevas plazas de titularidad pública, prioritariamente para niños y niñas de 1 y 2 años en el marco del componente 21, Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana de 0-3 años del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR)».
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO |