Conceder anticipos reintegrables a los empleados públicos de la Administración Regional.
Modalidades:
Anticipo reintegrable extraordinario: Su importe no podrá ser superior al doble de las retribuciones ordinarias mensuales y su reintegro se realizará en el plazo mínimo de 13 meses y máximo de treinta y seis meses.
Empleados públicos de la Administración Regional, excepto el personal interino, laboral temporal y eventual (las prestaciones para el personal del Servicio Murciano de Salud serán gestionadas por el Servicio Murciano de Salud).
Potestativo de Reposición: En el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación.
Contencioso-Administrativo: En el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.
El empleado público debe estar en servicio activo en la fecha de la solicitud y ser funcionario de carrera.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
CONSEJERO/A ECO.HAC.FONDO EUR. Y ADMON.DIG
Resuelve el/la Director/a General de Función Pública por delegación del Consejero/a de Economía, Hacienda y Administración Digital. (Orden de 27 de septiembre de 2021, BORM nº234 de 08/10/2021)
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A ECO.HAC.FONDO EUR. Y ADMON.DIG |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |