Expedir o renovar la TARJETA de actividades subacuáticas profesionales, que recoge las titulaciones o certificaciones aptas para el ejercicio del buceo profesional en la Región de Murcia.
DIRECCIÓN GENERAL DE LITORAL Y PUERTOS (A14046252)
Expedición nueva:
Estar en posesión de alguna de las titulaciones o certificaciones descritas en el artículo 2 de la "Orden de 13 de febrero de 2019 de la Consejeria de Fomento e Infraestructuras por la que se regula la expedición de la tarjeta de actividades subacuáticas profesionales en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia". ( BORM nº 40 de 18/02/2019)
Para renovación por caducidad:
Estar en posesión de la tarjeta de buceo profesional expedida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) o expedida por esta Comunidad Autónoma.
Que dicho tarjeta se encuentre caducada (vigencia 5 años desde su expedición).
Para renovación por pérdida, robo o deterioro manifiesto:
Estar en posesión de la tarjeta de buceo profesional expedida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) o expedida por esta Comunidad Autónoma.
Que dicho título haya sido perdido, robado o sufra un deterioro manifiesto.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Solicitud de título de buceo profesional. Después de cumplimentar la solicitud debe presentarla con la documentación correspondiente y pagar la tasa en un registro de forma presencial.
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
La obtención de la CARTA DE PAGO y su ABONO con tarjeta se realiza desde el Apartado Presentación de Solicitudes
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Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A PRESID.PORT.Y ACCION EXTER.CAR |