Obtener el permiso especial de caza mayor.
La práctica de las modalidades cinegéticas estarán condicionadas a la presentación por la persona titular cinegética o arrendataria del aprovechamiento cinegético de una comunicación previa según modelos relacionados como anexos I (rececho), II (aguardos), III (ganchos, batidas o monterías).
La comunicación previa será presentada en sede electrónica mediante certificado digital y en las entidades establecidas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y/o en las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano con función de Registro.
La comunicación previa para poder realizar aguardos de jabalí durante toda la temporada, se podrá presentar también mediante el formulario https://forms.gle/BvHPynWhqqG115RRA .
La autorización para una modalidad de caza mayor en un coto de caza menor está condicionada al abono de la diferencia del valor asignable a la renta cinegética correspondiente a la Tasa T210 - (Hecho Imponible: Diferencia Importe - S5H001). El cálculo del importe de esta tasa se realizará de la siguiente forma: Cotos de caza menor: N.º hectáreas del coto x 0'20€; Cotos intensivos de caza menor: N.º hectáreas del coto x 0'20€; Cotos deportivos: N.º hectáreas del coto x 0'20€ (al resultado se le aplica el 50% de bonificación).
LA CAZA DEL JABALÍ ESTÁ EXENTA DE TASAS EN LAS MODALIDADES DE AGUARDOS Y ESPERAS NOCTURNAS Y BATIDAS.
El precintado de las piezas de caza mayor se ajustará a las prescripciones técnicas fijadas en la Orden de 31 de mayo de 2022 (Anexo VI), debiéndose abonar por el número piezas a abatir de conformidad con la tasa T210 - H. Imponible S1H002 (Autorización de uso de precintos).
Prohibición de toda actividad cinegética en acotados cuyo titular cinegético no haya procedido a la renovación anual de la matrícula, ni a la regularización perimetral del mismo.
La información relativa a los acotados donde puede practicarse la caza del Arruí en las modalidades cinegéticas permitidas, se encuentra en el siguiente enlace: https://cazaypesca.carm.es/especies-caza-mayor/-/asset_publisher/xTPB2KYMefSZ/content/arrui?inheritRedirect=false&redirect=https%3A%2F%2Fcazaypesca.carm.es%2Fespecies-caza-mayor%3Fp_p_id%3D101_INSTANCE_xTPB2KYMefSZ%26p_p_lifecycle%3D0%26p_p_state%3Dnormal%26p_p_mode%3Dview%26p_p_col_id%3Dcolumn-1%26p_p_col_pos%3D1%26p_p_col_count%3D3
CONTROL DE CAPTURAS:
Los titulares de aprovechamientos cinegéticos, arrendatarios o personas que ostenten su representación, finalizada la actividad cinegética anual, remitirán al Órgano Directivo en materia de caza, antes del 1 de mayo de cada temporada cinegética, una memoria sobre soporte normalizado en el que se especificarán los resultados de caza obtenidos (los anexos se podrán descargar en el apartado DOCUMENTACIÓN: Modelos e información para solicitudes que aparece en el procedimiento 3727. MEMORIA ANUAL DE CONTROL DE CAPTURAS CINEGÉTICAS, cuyo enlace es el siguiente https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=3727&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288).
Apoderamiento efectuado electrónicamente:
Cualquier ciudadano puede otorgar ya electrónicamente apoderamientos, que quedarán inscritos en apoder@.
Los interesados podrán acceder a través de alguna de las siguientes direcciones https://rea.redsara.es https://sede.administracion.gob.es.
También se podrá acceder a través del enlace de la Sede Electrónica de la CARM, número de procedimiento de la Guía 9943 "Apoderamiento de representación ante las administraciones públicas".
Apoderamiento mediante comparecencia personal del interesado:
Cualquier ciudadano podrá otorgar el apoderamiento mediante comparecencia ante funcionario público habilitado realizada en una Oficina Corporativa de Atención al Ciudadano.
Cualquier titular/arrendatario de coto que quiera practicar este tipo de modalidades de caza.
DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO NATURAL Y ACCIÓN CLIMÁTICA (A14028276)
La práctica de las modalidades estarán condicionadas a la presentación por la persona titular cinegética o arrendataria del aprovechamiento cinegético de una comunicación previa según modelos relacionados como anexos I (rececho), II (aguardos), III (ganchos, batidas o monterías).
La comunicación previa será presentada en sede electrónica mediante certificado digital y en las entidades establecidas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y/o en las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano con función de Registro.
La comunicación previa para poder realizar aguardos de jabalí durante toda la temporada, se podrá presentar también mediante el formulario https://forms.gle/BvHPynWhqqG115RRA .
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
• La carta de pago puede obtenerla en el apartado tasas y abonarla con tarjeta de crédito en la Pasarela de Pago de la CARM. • El formulario de solicitud electrónica incluye la generación de abono de la tasa correspondiente por lo que los interesados que opten por la tramitación electrónica no han de generar otra carta de pago.
La obtención de la CARTA DE PAGO y su ABONO con tarjeta se realiza desde el Apartado Presentación de Solicitudes
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Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |