Regular la elaboración y ordenación de las listas de interinos del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de EOI, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, tras las correspondientes convocatorias de oposiciones.
La elaboración de las listas de interinos de los cuerpos docentes se regula en las convocatorias de oposiciones. Asimismo se ajusta al acuerdo sobre personal docente interino obtenido en la Mesa Sectorial de Educación.
Elaboración de las listas para las especialidades convocadas.
1) Solicitudes:
- Los participantes en la presente convocatoria de oposiciones no necesitarán presentar ninguna solicitud.
- No tendrán que formular ninguna instancia para permanecer en las mismas listas y especialidades aquellos integrantes del bloque I de listas preconfiguradas por bloques de las especialidades convocadas, siempre y cuando formen parte de las listas vigentes establecidas por Resolución por la que se publican las listas definitivas de los puestos vacantes o sustituciones en régimen de interinidad pertenecientes a los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño para el curso 2022-2023
- Los integrantes de las vigentes listas de personal docente interino de especialidades no convocadas serán incluidos de oficio en las nuevas listas una vez actualizadas y tenidas en cuenta las renuncias. Solo en el caso de no querer seguir formando parte de las mismas deberán solicitarlo mediante solicitud genérica dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa y Evaluación
- Como se indica en el artículo 95 de la Orden de bases y convocatoria, de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo sobre Personal Docente Interino 2021”, aquellos integrantes de las listas vigentes a fecha de entrada en vigor del mencionado acuerdo ( 1 de septiembre de 2021) que antes del 31 de diciembre del año 2023 hayan cumplido 55 años y cuenten en esa fecha con más de veinte años de servicio, de los cuales al menos los diez últimos años alegados sean en centros públicos de la Región de Murcia, figurarán en el lugar más alto que corresponda por su puntuación, sumándoles la mejor nota de oposición e integrándolos en el Bloque I. Para ello deberán cumplimentar el apartado correspondiente de la "Solicitud de presentación de documentos para la elaboración de las listas de interinidad" que se encuentra en la pestaña "Presentación solicitudes" de esta página web.
2) Procedimiento para elaborar las listas de interinos:
Publicada la lista definitiva de admitidos y excluidos a las oposiciones, la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos, publica una resolución por la que se da cumplimiento a la fase de exposición pública y de presentación de documentos para la elaboración de las listas de interinidad para el próximo curso en los cuerpos convocados (ver en la pestaña "Resolución, recursos y normativa" de esta página web) donde establece el procedimiento, plazos y documentos necesarios para la elaboración de listas de interinos. En particular determina:
3) Requisitos y ordenación de las listas:
Las listas se ordenarán en tres bloques, quedando ordenados los aspirantes en cada bloque por nota de fase de oposición y/o experiencia docente. En el artículo 94 de la Orden de 23 de diciembre de 2022 que regula la presente convocatoria se detalla el procedimiento para la ordenación.
Los aspirantes del Bloque II deberán contar con una de las titulaciones concordantes para la especialidad que corresponda y que se relacionan en el anexo VII de la orden de convocatoria de oposiciones (que puede encontrar en el apartado "anexos" de esta página web).
4) Acreditación de la experiencia docente:
Según lo establecido en el artículo 94 de la orden de Orden de 23 de diciembre de 2022 que regula la convocatoria de oposiciones, en cualquiera de los bloques I y II, la valoración de la esperiencia docente contará hasta un máximo de diez puntos, según las especificaciones que figuran en el anexo XIII de dicha orden (que se recoge en el apartado "anexos" de esta página web).
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Elaboración de las listas en especialidades no convocadas.
Las listas de espera de especialidades no convocadas en las oposiciones, mantendrán su vigencia, convenientemente actualizadas y tenidas en cuenta las renuncias justificadas.
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La normativa que regula lo referente a aspirantes a interinidad en esta convocatoria de oposiciones se encuentra recogida en el Título IV de la Orden de 23 de diciembre de 2022 que regula las bases de dicha convocatoria, dada su complejidad, se recomienda encarecidamente su lectura a los interesados.
Si desea información podrá realizar su consulta en el correo electrónico spd_secundaria@murciaeduca.es.
Asimismo puede consultar en el enlace "
Oposición 2023. Secundaria y otros cuerp...
" de la sección de "Destacados" de la página web www.carm.es/educacion toda la información relacionada con el desarrollo de las oposiciones y la conformación de las listas de interinos
Participantes en los procedimientos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de EOI, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño.Integrantes de las listas de interinos del bloque I de las especialidades convocadas que no hayan presentado solicitud de participación en la oposición.
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PLANIFICACIÓN EDUCATIVA E INNOVACIÓN (A14038194)
Haber realizado instancia de participación en las oposiciones al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y otros cuerpos docentes convocadas por la Consejería competente en materia de Educación el año en curso (ver apartado Normativa), o bien pertenecer al actual bloque I de la lista de interinos (en las especialidades en que ya se han conformado las listas por bloques).
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |