Expedir el certificado de Deportista de Alto Rendimiento.
Deberá presentarse la siguiente documentación:
* Anexo I: Solicitud (caso de no presentarse electrónicamente la solicitud).
* Certificado de la federación deportiva de la Región de Murcia, para deportistas que sigan programas de tecnificación tutelados por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia o Federaciones Deportivas de la Región de Murcia en los centros de tecnificación reconocidos por el Consejo Superior de Deportes.
* Recibo del pago de la tasa general por expedición de certificados.
La obtención del certificado está sujeto al pago de tasa por expedición de certificados cuyo justificante ha de aportarse para tramitar la solicitud.
La carta de pago puede obtenerla en el apartado tasas y abonarla con tarjeta de crédito en la Pasarela de Pago de la CARM.
El justificante del abono, cuando la solicitud es electrónica, puede aportarlo como documento anexo junto con la solicitud, o mediante el formulario de actos de trámite de un procedimiento ya iniciado este procedimiento dentro del plazo máximo que se establezca, indicando en este último caso el nº de registro de la solicitud electrónica.
Deportistas de Alto Rendimiento de la Región de Murcia.
Transcurrido el plazo de 15 días sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.
DIRECCION GENERAL DEPORTES (A14036694)
Cumplir alguna de las siguientes condiciones:
Que sean deportistas calificados como de alto rendimiento o equivalente por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 7/2007, de 2 de febrero, por el que se establece el régimen de los deportistas de alto rendimiento de la Región de Murcia.
Que sigan programas de tecnificación tutelados por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia o Federaciones Deportivas de la Región de Murcia en los centros de tecnificación reconocidos por el Consejo Superior de Deportes.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Obtener Carta de Pago
(Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
La tasa que hay que pagar es por expedición de certificados, tasa T010, regulada en el Decreto Legislativo 1/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales. Si el solicitante aplica una bonificación total o parcial sobre el importe de la tasa, debe presentar justificante acreditativo.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A TURISMO,CULTURA,JUV.Y DEPORTES |