Por tareas de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, el uso de sus certificados digitales para identificación y firma puede verse temporalmente interrumpido el sábado 23 de noviembre de 8:00 a 16:00.
Sentimos las molestias ocasionadas.
1.- El calendario de las pruebas se publicará en el BORM.
2.- Los contenidos de referencia se publican en el enlace en la web http://www.educarm.es/admin/webForm.php?aplicacion=ARTISTICAS_IDIOMAS&mode=visualizaAplicacionWeb&web=92&zona=PROFESORES&menuSeleccionado=418
3. Centro de celebración de las pruebas.
4.- Bonificación, exención y devolución de las tasas.
5.- Reclamaciones a las calificaciones.
6.- Certificado de las pruebas.
La certificación que se obtenga tendrá validez como requisito académico de acceso a las enseñanzas deportivas o formaciones deportivas en todo el territorio nacional.
Va dirigido a aquellos que no tienen los títulos de la ESO/Bachiller y desean obtener el equivalente de estos títulos para poder acceder a las enseñanzas deportivas de régimen especial o a las actividades de formación deportiva de Nivel I o Nivel III (deportes en periodo transitorio, es decir, sin los títulos).
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL Y EDUCACIÓN PER (A14046233)
1. Requisitos para presentarse a las pruebas de acceso de las Enseñanzas deportivas de Grado Medio o las Actividades de Formación Deportiva de Nivel I:
2. Requisitos para presentarse a las pruebas de acceso de las Enseñanzas deportivas de Grado Superior o las Actividades de Formación Deportiva de Nivel III:
3. La prueba de acceso a la Formación Profesional de Grado Medio podrá sustituir a la prueba de acceso al mismo grado de las enseñanzas deportivas.
La parte común de la prueba de acceso a la Formación Profesional de Grado Superior podrá sustituir a la prueba de acceso al mismo grado de las enseñanzas deportivas.
Para estar la exento del pago de la tasa se deberá acreditar las siguientes condiciones:
Para tener una bonificación del 75% en el pago de la tasa se deberá acreditar las siguientes condiciones:
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Las personas interesadas presentarán la inscripción, junto con la documentación requerida, preferentemente en la Secretaría del Instituto de Educación Secundaria "Poeta Sánchez Bautista", de Llano de Brujas-Murcia.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada |