Solicitar la inscripción de las Organizaciones de Consumidores y Usuarios cuya finalidad principal sea la defensa de los intereses de los consumidores, bien sea con carácter general o bien en relación con productos o servicios determinados, así como sus modificaciones y baja.
La baja se producirá cuando se dejen de cumplir los requisitos mínimos y obligatorios para estar inscrita la organización de consumidores y usuarios en el Registro, previa audiencia a la misma.
Procederá la modificación cuando se produzcan alteraciones en la organización de consumidores y usuarios, pero manteniendo el cumplimiento de los requisitos exigidos, previa audiencia a la misma.
El Registro se estructurará en cuatro secciones:
Para las inscripciones en la Sección Cuarta no será necesario la presentación de la Memoria descriptiva de las actividades ni el Presupuesto de ingresos y gastos de la Organización, apartados c) y d) del punto 1 del artículo 8.
Puede consultar el registro pulsando csobre el enlace siguiente; LIBRO DE REGISTRO DE ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES (ROCAM)
Los solicitantes, en aplicación del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas y por tanto deben solicitar la inscripción, modificación o baja en este Registro a través de este procedimiento.
DIRECCIÓN GENERAL DE CONSUMO (A14036703)
En el Registro se podrán inscribir las Organizaciones cuya finalidad principal sea la defensa de los intereses de los consumidores, bien sea con carácter general o bien en relación con productos o servicios determinados, que tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y su ámbito de actuación no exceda el territorio de ésta.
También se podrán inscribir las Organizaciones cuya finalidad principal sea la defensa de los intereses de los consumidores, bien sea con carácter general o bien en relación con productos o servicios determinados de ámbito supraautonómico que tengan una organización con estructura y presupuesto diferenciado para la Comunidad de la Región de Murcia a los únicos efectos de alcanzar los beneficios o ventajas establecidos por la legislación regional.
Igualmente podrán inscribirse las Organizaciones constituidas por consumidores con arreglo a la legislación cooperativa entre cuyos fines figure necesariamente la educación y formación en materia de consumo de sus socios, y estén obligados a constituir un fondo con tal objeto según su legislación específica.
No podrán inscribirse en el Registro las Organizaciones de Consumidores y Usuarios que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
La inscripción en las Secciones Primera, Segunda y Tercera del Registro comportará la obligación de las Organizaciones inscritas de presentar en el curso del primer trimestre de cada año, debidamente certificadas por el Secretario, con el visto bueno del Presidente, la siguiente documentación:
Las Organizaciones de Consumidores y Usuarios están obligadas a poner a disposición de la Dirección General competente por razón de la materia cualquier información y documentación que exija el cumplimento de las normas contenidas en el Decreto 1/2006, de 13 de enero, por el que se regula la creación del registro de Organizaciones de Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia, el establecimiento de las normas por las que ha de regirse el mismo, así como la representación y participación de las Organizaciones de Consumidores y Usuarios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a fin de comprobar la veracidad de los datos facilitados por la Entidad.
Las Organizaciones registradas según este procedimiento harán constar en sus comunicaciones oficiales el número de Registro asignado.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
El Registro de Organizaciones de Consumidores y Usuarios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia es único y tiene carácter público y gratuito.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EMPR,ECONOM SOC. Y AUTONOMOS |