Convocar el proceso de admisión de alumnos a ciclos de Formación Profesional Básica en modalidad presencial completa de oferta obligatoria en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Los medios de “presentación de la solicitud” serán:
a) El medio electrónico, se requiere cl@ve, certificado digital admitido por la Sede electrónica o DNI electrónico. Al finalizar quedará presentada a todos los efectos.
b) El medio presencial, que obliga, tras rellenar todos los campos del formulario de solicitud, a imprimir la solicitud y entregarla en el mismo centro en el que se encuentre escolarizado el alumnado durante el presente curso.
¿Cómo se adjunta la documentación?
A través del propio formulario (ambos) se podrá anexar la documentación. Es imprescindible, por tanto, el fichero en PDF de la "Propuesta a Formación Profesional Básica" que le será facilitado por el centro de escolarización del alumno/a.
Enlaces de interés:
Enlace a la página de Admisión de Alumnos (Oferta y resultados de adjudicación)
https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=48376&IDTIPO=100&RASTRO=c816$m17010,48274
El acceso a los ciclos de Formación Profesional Básica requerirá el cumplimiento simultáneo de las siguientes condiciones:
- Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso o durante el año natural en curso.
- Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria (3º ESO) o el Programa de Mejora del Aprendizaje y el Rendimiento (PMAR) que tenga como referencia 3º ESO o, excepcionalmente, haber cursado 2º ESO o el PMAR referenciado a este curso.
- Haber propuesto el equipo docente a los padres, madres o tutores legales la incorporación del alumno o alumna a un ciclo de Formación Profesional Básica.
Los aspirantes que tengan dieciocho y diecinueve años, o cumplirlos durante el año natural en curso, que no estén en posesión de un título de formación profesional o de cualquier otro título que acredite la finalización de estudios secundarios completos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.5 del Decreto 12/2015, de 13 de febrero, desde el turno extraordinario de admisión podrán solicitar plaza, con el objeto de completar los grupos de Formación Profesional Básica y sin carácter preferente.
REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA Y FORMACIÓN PROFESIONAL (A14028759)
Acceso general:
Acceso especial, desde el turno extraordinario:
Desde el turno extraordinario de admisión podrán solicitar plaza, con el objeto de completar los grupos de Formación Profesional Básica y sin carácter preferente, los aspirantes de 18 y 19 años, que no estén en posesión de un título de formación profesional o de cualquier otro título que acredite la finalización de estudios secundarios completos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.5 del Decreto 12/2015, de 13 de febrero.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en cada convocatoria. Recuerden que en este supuesto la firma de la solicitud ha de estar manuscrita.
Forma de inicio: Por el interesado
Comisiones de selección
Las Comisiones de Escolarización para la admisión a ESO, recogidas en la Resolución de 14 de febrero de 2020 de la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos, por la que se dictan instrucciones para el proceso ordinario de escolarización de alumnado en centros públicos y privados concertados de ESO y Bachillerato en el curso escolar 2020-2021.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF. |