Procedimiento para la admisión del alumnado en ciclos formativos de grado básico en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia, mediante el cual las personas interesadas pueden solicitar plaza en uno o varios ciclos y centros, conforme a los requisitos, plazos y criterios de adjudicación establecidos en la convocatoria anual. Incluye la presentación de solicitudes, su baremación, la adjudicación de plazas en fase ordinaria y de resultas, así como la posterior formalización de matrícula.
🔹 Presentación de la solicitud
La solicitud de admisión podrá presentarse por las siguientes vías:
a) Presentación electrónica
A través de la Sede Electrónica de la CARM, utilizando alguno de los siguientes sistemas de identificación: Cl@ve, certificado digital admitido o DNI electrónico.
La solicitud quedará registrada electrónicamente, produciendo plenos efectos administrativos.
b) Presentación presencial
Tras la cumplimentación del formulario en línea, deberá generarse e imprimirse la solicitud en formato PDF y presentarse, junto con la documentación correspondiente:
Asimismo, podrá presentarse en cualquiera de los registros y lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
🔹 Documentación
La documentación podrá adjuntarse en formato digital a través del propio formulario de solicitud, tanto en la presentación electrónica como presencial.
Será obligatorio aportar la Propuesta final de inscripción a Formación Profesional de Grado Básico (anexo V), facilitada por el centro educativo de origen.
🔹 Información sobre el procedimiento
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL Y EDUCACIÓN PER (A14046233)
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 44.3 de la Ley Orgánica 3/2022 de 31 de marzo de ordenación e integración de la Formación Profesional, excepcionalmente no regirán los requisitos de acceso vinculados a la escolarización para jóvenes entre 15 y 18 años que no hayan estado escolarizados en el sistema educativo español.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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| Alzada |