Subvenciones para el desarrollo de programas formativos profesionales en la modalidad Adaptada y Especial (código 1174) (SIA 206979)

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Información Básica

Objeto:

Permite subvencionar a entidades sin ánimo de lucuro para ayudarles a financiar Programas Formativos Profesionales,dirigidos a alumnos con necesidades especiales  asociadas a discapacidad (modalidad Especial) o a jóvenes socialmente desfavorecidos (Adaptada). Los programas tienen una duración de un curso escolar (Adaptada) o dos cursos académicos (Especial)  y proporcionan al alumnado que participe una formación básica y profesional en alguno de los perfiles profesionales que se relacionan en el ANEXO I de la Orden de convocatoria.

Información de Interés

Cuantía de la solicitud

Las cuantía de la solicitud asciende a 50.000,00 € por programa, si es de modalidad Adaptada, y de 100.000,€  (50.000,00 € por curso) si se trata de la modalidad Especial.

La distribución de la subvención engloba dos conceptos:

a) Costes directos del personal formador.

b) Otros costes (40% de los costes directos de personal formador)

A modo de ejemplo, si va a pedir 50.000,00 € la distribución de la subvención ascendería a 35.714,29 € para los Costes directos del personal formador y de 14.285,71 € para Otros costes (40% de los costes directos de personal formador).

Criterios de valoración.

a) Experiencia en las cinco últimas convocatorias de estas enseñanzas (hasta 1 punto).
b) Justificación de la necesidad del programa y adecuación de la metodología a seguir (hasta 1 punto).
c) Experiencia de la entidad en atención a jóvenes en situación de riesgo o exclusión social (hasta 1 punto).
d) Infraestructura y recursos humanos y materiales que la entidad solicitante pone a disposición del programa, así como garantía de la disponibilidad de estos recursos en las fechas de inicio del programa solicitado (hasta 2 puntos).
e) Grado de implicación de las empresas del sector profesional (hasta 1 punto).
f) Adecuación del programa a las necesidades de formación en la zona. Se tendrán en cuenta las necesidades detectadas, el número, perfil y modalidad de los programas solicitados así como la oferta de los ciclos de Formación Profesional de Grado Básico en cada municipio de la Región (hasta 3 puntos).
g) Número de solicitudes de posibles alumnos/as recibidas por la entidad para la incorporación al Programa Formativo Profesional que cubra la oferta del mismo (hasta 1 punto).
 

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Requisitos: Entidades cuyo ámbito de actuación se encuentre en la Región de Murcia.Podrán ser beneficiarias las entidades cuyo ámbito de actuación se encuentre en la Región de Murcia en los siguientes términos:A. En la modalidad Adaptada, podrán solicitar esta subvención las entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que dispongan de infraestructura adecuada para desarrollar el programa y de experiencia acreditada en la atención a jóvenes socialmente desfavorecidos.B. En la modalidad Especial, podrán solicitar esta subvención las entidades sin fines de lucro que dispongan de infraestructura suficiente para desarrollar el programa y con experiencia acreditada en la inclusión social y laboral de las personas con discapacidad.Para poder ser beneficiaria de las subvenciones reguladas en esta orden, las entidades solicitantes deberán cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.Las entidades solicitantes deben estar autorizadas por la Consejería con competencias en Educación tal y como establece el apartado 3 del artículo 25 del Decreto n.º 12/2015, de 13 de febrero.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL Y EDUCACIÓN PER (A14046233)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Para tomar parte en esta convocatoria, los beneficiarios deberán reunir y acreditar los requisitos generales, así como aquellos específicos de cada modalidad, conforme el artículo 3 de la Orden de 4 de octubre de 2023 (BORM de 6 de octubre de 2023) por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de Programas Formativos Profesionales en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Las solicitudes deben ir acompañadas de la documentación señalada en los artículos 5 y 6 de la Orden de 4 de mayo de 2023 (BORM de 6 de octubre de 2023).

El interesado realizará la solicitud de subvención a través de este formulario electrónico al que podrá acceder mediante  cuenta activa en cl@veAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica pin, certificado digital admitido por la Sede electrónica o DNI electrónico. Al finalizar quedará presentada a todos los efectos.

Requisitos posteriores

Los beneficiaios de las subvenciones deberán presentar la justificación conforme a los artículos 12 y 15 de la Orden de 4 de octubre de 2023 (BORM de 6 de ocubre de 2023).

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud para la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de Programas Formativos Profesionales de la modalidad Adaptada o Especial en la Región de Murcia
  • Designación/autorización de representación
    (No obligatorio / No original)
  • Estatutos de la institución
    (No obligatorio / No original)
    No será necesario aportarlo si ya se encuentra en poder de la Dirección General competente en materia de Formación Profesional y si no se han producido modificaciones.
  • Certificado de cuenta bancaria
    (Obligatorio / No original)
    Certificado de titularidad bancaria de la entidad
  • Proyecto
    (Obligatorio / Original)
    Las solicitudes para los Programas Formativos Profesionales irán acompañadas también de un Proyecto de actuación que detalle, para cada uno de los programas a desarrollar, los siguientes asepctos: 1.º Justificación de la necesidad del programa, de la modalidad y perfil que se solicita desarrollar, señalando las características del contexto académico, social y laboral donde se va a impartir. 2.º Criterios seguidos para seleccionar o proponer posibles alumnos. 3.º Organización del equipo educativo y garantía de su disponibilidad, detallando la formación y experiencia del mismo en relación con el perfil que solicitan. En el caso de los programas de modalidad Especial se podrá indicar si resulta necesario un formador de apoyo dentro del aula. 4.º Presupuesto de gastos conforme al artículo 12 donde se reflejen los gastos directos de personal y el tipo fijo para otros gastos. 5.º Relación de posibles alumnos. 6.º Infraestructura y recursos que aporta al programa, detallando los espacios y equipamiento disponibles, en relación con el perfil que solicitan. Para ello se tomará como referencia lo dispuesto en el título profesional básico correspondiente. 7.º Relación de empresas colaboradoras y grado de colaboración con las mismas para la realización de las prácticas formativas. 8.º Metodología a seguir con el grupo indicando la forma específica de integración de contenidos y competencias de los distintos módulos y de la adaptación del programa a las necesidades individuales de los alumnos y alumnas. 9.º Medidas que garanticen la igualdad de oportunidades y proscriban cualquier tipo de discriminación. 10.º Plan integral de actuación, coordinación y colaboración con las familias, con las instituciones del entorno y con los servicios educativos, sociales y laborales de la zona. 11.º Acreditación de la experiencia que tiene la entidad en la inclusión social y laboral de jóvenes en riesgo de exclusión o de personas con discapacidad.
  • Convenio
    (Obligatorio / No original)
    Empresas colaboradoras
  • Documentación acreditativa
    (Obligatorio / No original)
    Documentación acreditativa de la experiencia de la entidad en la inclusión social y laboral de jóvenes en riesgo de exclusión o de personas con discapacidad.
  • Contrato
    (No obligatorio / No original)
    Copias de los contratos y titulaciones del profesorado (para la fase c de justificación).
  • Documentación justificativa
    (Obligatorio / No original)
    Justificación de los gastos de personal: además de incluir estos gastos en los anexos IX y X, copia de contratos y nóminas firmadas por los trabajadores, justificantes de pago de las nóminas y de impuestos (impresos Modelo 111 de liquidación trimestral de retenciones e ingresos del IRPF y 190 Relación de perceptores) y del importe de las cuotas de la Seguridad Social (Boletín de cotización TC1 y Relación Nominal de Trabajadores TC2). Justificación de otros gastos: además del anexo IX, totalidad de recibos y facturas y justificantes de sus pagos. Para la modalidad Adaptada: Justificación de gastos de publicidad: se adjuntará este resumen y copia de todo el material utilizado. Justificación de la asistencia diaria del formador: La entidad deberá conservar los originales de la recogida diaria de esta información y remitir con la justificación económica, declaración responsable con el resumen de la asistencia del profesorado.
  • Declaración responsable
    (No obligatorio / No original)
    Si las modificaciones en la distribución de las cuantías son iguales o inferiores al 10 por 100 de la cantidad subvencionada al sumar los incrementos producidos en las distintas partidas, la entidad debe adjuntar las causas de estas modificaciones.
  • Autorización
    (No obligatorio / No original)
    Las cantidades podrán ser modificadas con la aprobación de de la Dirección General competente en materia de Formación Profesional. Si la modificación supera el 10% de la cantidad subvencionada al sumar los incrementos producidos en las distintas partidas, será necesaria su autorización.
  • Acreditación
    (Obligatorio / No original)
    Horarios de los profesores
  • Acreditación
    (Obligatorio / No original)
    Horario de los alumnos
  • Memoria técnica
    (Obligatorio / Original)
    Memoria técnic aconforme al Anexo III
  • Acreditación
    (No obligatorio / No original)
    Horarios de FCT
  • Memoria gastos
    (Obligatorio / Original)
    Memoria de gastos conforem al Anexo II (Anexo IX -cuenta justificativa de gastos- y Anexo X -relación de nóminas y seguros sociales-para la convocatoria de 2021)
  • Acta
    (Obligatorio / Original)
    Acta de evaluación final
  • Acta
    (No obligatorio / Original)
    Acta de evaluación extraordinaria
  • Acta
    (Obligatorio / Original)
    Datos estadísitcos de evaluación
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Justificación de gastos de personal de administración
  • Documentación justificativa
    (Obligatorio / No original)
    Documentación justificativa de personal docente. Nóminas o recibos de salario estampillados. RLC y RNT de los meses imputados al programa. La entidad resaltará en el RNT a los trabajadores cuyos gastos se imputan a la subvención. En el caso del RLC, debe cosntar el sello, validación o comprobante de ingreso de la entidad financiera. Modelo 111 de retenciones correspondientes al impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sus correspondientes documentos de pago. Resumen anual del modelo 190
  • Póliza del seguro
    (Obligatorio / No original)
    Copia de la póliza suscrita en la que se indique el alcalce de su cobertura y las personas aseguradas
  • Justificantes del pago de las facturas
    (No obligatorio / No original)
    Justificantes de medios y materiales fungibles
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Justificación de viajes y actividades formativas
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Justificación de alquiler y amortizaciones
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Justificación de gastos de desplazamiento del profesorado
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Justificación de ayudas al alumnado
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Gastos de funcionamiento
  • Justificante de pago
    (No obligatorio / No original)
    Carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • Solicitud para la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de Programas Formativos Profesionales de la modalidad Adaptada o Especial en la Región de Murcia   [Fuera de plazo: 16-11-2023 – 29-11-2023]
  • Inicio de Actividad formativa-Pago anticipado   [Abierta: Continua]   

    Una vez iniciados los programas de la modalidad especial de la convocatoria de 2021, las entidades subvencionadas remitirán a la Dirección General competente en materia de Formación Profesional, en la fecha indicada en la resolución, la documentación que se detalla en el artículo 11.3 de las bases reguladoras.

  • Justificación de la subvención   [Cerrada: 31-07-2023 – 31-10-2023]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia