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Este procedimiento se seguirá para la admisión de alumnos con necesidades educativas especiales a los Programas Formativos Profesionales de la modalidad Especial que se imparten en centros educativos de la Región de Murcia con el fin de garantizar la objetividad y la igualdad en el acceso a estas enseñanzas en centros sostenidos con fondos públicos.
Oferta.
La Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo determinará los centros educativos sostenidos con fondos públicos que impartirán Programas Formativos Profesionales de la modalidad Especial.
Esta oferta educativa, así como toda la información general del proceso, estará disponible en el área temática de Formación Profesional de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo en : http://www.carm.es.
En el caso de la admisión en entidades, hasta la resolución de la convocatoria de subvenciones, no se hará pública la oferta por lo que las entidades y las familias interesadas, basándose en la oferta del curso anterior, podrán ir recabando la documentación necesaria de los alumnos interesados.
Criterios para la admisión.
1. Los solicitantes serán ordenados, de acuerdo a los siguientes criterios y puntuaciones:
4º ESO: 1,5 puntos.
3º ESO: 1 punto.
2º ESO: 0,5 puntos.
2. Una vez aplicados los criterios anteriores, los empates que persistieran se dirimirán de acuerdo al sorteo electrónico, efectuado para la admisión de alumnos en centros públicos y privados concertados de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el curso de la convocatoria.
Admisión
1. Cada centro educativo publicará las listas provisionales el día 16 de junio de 2023 y las listas definitivas el día 23 de junio.
4. Las reclamaciones seguirán el modelo de solicitud genérica disponible en la Guía de Procedimientos y Servicios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en los días 19 y 20 de junio de 2023.
5. Los alumnos deberán formalizar la matrícula en el centro del 26 al 30 de junio.
6. Siempre que existan vacantes, la matriculación de alumnos permanecerá abierta hasta final del año de la convocatoria. En estos casos, el centro remitirá la solicitud recibida a la Comisión de Escolarización Específica. Una vez autorizada la incorporación del alumno por la Comisión, el centro lo matriculará directamente en la aplicación Plumier XXI.
Alumnos que presenten necesidades educativas especiales, asociadas a condiciones personales de discapacidad y que posean un nivel de autonomía personal y social que les permita acceder a un puesto de trabajo.Podrán incorporarse alumnos entre 15 y 21 años, cumplidos en el año natural de incorporación, que no hayan obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria ni un título profesional básico. En los programas impartidos en entidades, la edad mínima será de 16 años cumplidos en el año natural de incorporación.Esta edad podrá ser ampliada cuando estas enseñanzas se cursen en centros de educación de personas adultas. En otros centros educativos, únicamente podrá ser ampliada la edad cuando circunstancias excepcionales así lo aconsejen, siempre con autorización previa de la Dirección General competente en Formación Profesional y si la disponibilidad de plazas lo permite una vez atendidas las peticiones de los solicitantes entre 15 y 21 años.
Presentación de solicitudes para la realización del Programa Formativo Profesional en un centro educativo sostenido con fondos públicos:
Las solicitudes y la documentación complementaria se presentarán en el centro solicitado en primera opción.
Presentación de solicitudes para la realización del Programa Formativo Profesional en entidades subvencionadas por la Consejería competente en materia de Formación Profesional:
0Por determinar, pendiente de convocatoria de subvenciones. Los interesados pueden dirigirse a las entidades que imparten estos programas para mostrar su interés en cursar estas enseñanzas en la entidad y formalizarán la solicitud tras la resolución de la convocatoria de subvenciones.
REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y EMPLEO
DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD, INNOVACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL (A14038192)
Podrán incorporarse a estos Programas, alumnos entre 15 y 21 años, cumplidos en el año natural de incorporación, que no hayan obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, ni un título profesional básico. En los programas impartidos en entidades, la edad mínima será de 16 años cumplidos en el año natural de incorporación.
Los destinatarios de los programas serán alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones personales de discapacidad y que posean un nivel de autonomía personal y social que les permita acceder a un puesto de trabajo.
Antes de presentar la solicitud, el alumno/a habrá sido objeto de estas actuaciones previas: consejo orientador, actualización de su evaluación psicopedagógica, dictamen de escolarización, Propuesta Final del director del centro así como información al alumno/padres/tutores legales y consentimiento para su incorporación a un Programa Formativo Profesional de la modalidad Especial (incluidos en el Dictamen y en la solicitud).
La solicitud debe ir acompañada por la Propuesta Final, Dictamen de Escolarización y Evaluación Psicopedagógica actualizada (si esta no forma parte del Dictamen de Escolarización) y deberá presentarse en el centro elegido como primera opción.
El interesado podrá cumplimentar la solicitud de admisión a través de este formulario electrónico en el que encontrará dos opciones, mediante:
a)El medio electrónico, se requiere cuenta activa en cl@ve pin, certificado digital admitido por la Sede electrónica o DNI electrónico. Al finalizar quedará presentada a todos los efectos.
b) El medio presencial, que obliga, tras rellenar todos los campos del formulario de solicitud, a imprimir la solicitud y entregarla en el centro educativo elegido en primera opción, o bien descargar el modelo de la solicitud, rellenarla manualmente y presentarla en el centro educativo elegido en primera opción. Será el centro educativo el que registre las entradas de las solicitudes y documentación correspondiente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada |