Programa 'Consumo de Frutas, Hortalizas y Leche en las Escuelas” (código 1315) (SIA 207148)

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Información Básica

Objeto:

El programa "Consumo de frutas, hortalizas y leche en las escuelas" se desarrolla conjuntamente con la  Secretaría General de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca , trabajando los objetivos de acercamiento y concienciación sobre el consumo de frutas, hortalizas y leche de los escolares de nuestra Región. Se oferta para alumnado de Primaria, consistente en:

a) Entrega de, al menos, una ración por estudiante y centro educativo de algunos de los productos hortofrutícolas citados a continuación: melón, sandía, frutas de hueso, frutas exóticas, cítricos, frutas de pepita, plátano, uva de mesa apirena, fresas, zanahorias, tomates cherry, guisantes, habas, coliflor, brócoli y lechugas.

b)  Entrega de, al menos, una ración por estudiante y centro educativo de algunos de los productos lácteos citados a continuación: leche pasteurizada, queso, cuajadas, yogur y otros productos lácteos fermentados (sin adición de aromatizantes, frutas, frutos secos o cacao).

 

Información de Interés

Objetivos

  • Provocar un acercamiento del alumnado a las frutas, hortalizas, leche y derivados lácteos de forma que se vaya incrementando paulatinamente su consumo.
  • Sensibilizar a los escolares sobre los beneficios del consumo de estos productos y su carácter imprescindible para una buena salud.
  • Programar y desarrollar actuaciones encaminadas a la promoción de una alimentación saludable en el alumnado.
  • Concienciar a las familias y a la comunidad educativa en general de la importancia de una alimentación sana y variada en la adquisición temprana de hábitos saludables, contribuyendo a una mejor calidad de vida.

Compromisos de las empresas autorizadas para distribuir los productos.

  1. La empresa autorizada será la responsable de presentar a los centros educativos una programación de los productos a distribuir, así como las fechas de reparto. Dicha programación debe ser previamente aprobada por la Secretaría General de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca.
  2.  La empresa autorizada deberá reproducir, distribuir y colocar con carácter permanente un cartel del Programa “Consumo de Frutas, Hortalizas y Leche en las Escuelas”, en un lugar claramente visible y legible a la entrada principal del centro escolar.
  3. Todos los productos a distribuir procederán de empresas inscritas en el Registro General Sanitario de Alimentos.
  4. La distribución de los productos en todos los centros educativos se realizará durante los cursos escolares 2026-2027, 2027-2028 y pudiendo prorrogarse, mediante resolución expresa, por un único curso escolar adicional en 2028-2029.
  5. Durante el curso se efectuará un mínimo de una entrega de producto por cada colegio y niño de Educación Primaria. También se hará entrega de una ración por profesor de cada aula objeto del programa, con fines didácticos, y una ración para el coordinador del centro educativo con el objeto de comprobar la calidad del producto en su recepción.
  6. Los productos hortofrutícolas a distribuir deberán escogerse de entre los contemplados en el Plan Estratégico Regional, como: melón, sandía, frutas de hueso, frutas exóticas, cítricos, frutas de pepita, plátano, uva de mesa apirena, fresas, zanahorias, tomates cherry, guisantes, habas, coliflor, brócoli y lechugas.
  7. La leche y productos lácteos a distribuir deberán escogerse de entre los siguientes: leche pasteurizada, queso, cuajadas, yogur y otros productos lácteos fermentados (sin adición de aromatizantes, frutas, frutos secos o cacao).
  8. La calidad de las frutas y hortalizas a distribuir deberá cumplir al menos los requisitos establecidos en su norma respectiva para la Disposición relativa a la calidad de la categoría “Primera” teniendo como particularidad el que su estado de madurez y desarrollo debe ser el óptimo para su consumo, con objeto de evitar problemas de rechazo por parte de los niños.
  9. La cantidad de producto a entregar por niño, será una ración en cada una de las entregas, considerando una ración, 80-140 gramos de producto, equivalente a una pieza de fruta mediana (pera, manzana, plátano, etc.). A propuesta del
  10. solicitante, y atendiendo a criterios debidamente justificados, la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca podrá autorizar modificaciones sobre los pesos establecidos.

Compromisos de los centros educativos

 Para participar en este programa los centros tendrán que cumplir los siguientes compromisos:

  1. Informar a las familias de la participación del centro en el Programa “Consumo de Frutas, Hortalizas y Leche en las Escuelas”.
  2. Aprobar, en sesión de Claustro y de Consejo Escolar, la participación en el programa para los cursos 2026-2027, 2027-2028 y su eventual prórroga en 2028-2029 y, aceptar o no, la entrega de los productos de IV GAMA (fruta y hortalizas troceadas y lavadas listas para consumir) y/o leche y productos lácteos, en envases individuales de plástico reciclable, ya que son los únicos que mantienen las condiciones higiénico-sanitarias durante el transporte y distribución.
  3. Adjuntar al formulario de solicitud electrónico certificado de aprobación del Claustro y del Consejo Escolar de la participación en el programa, así como de la distribución en el centro de envases para productos de IV GAMA (fruta y hortalizas troceadas y lavadas listas para consumir) y/o la distribución de leche y productos lácteos en envases individuales de plástico reciclable, con la firma del secretario/a del centro y el visto bueno del director/a, según el modelo incluido como Anexo II en el procedimiento.
  4. La no coincidencia entre las opciones registradas en el formulario de solicitud electrónica (Anexo I) y las contenidas en el certificado de aprobación del Claustro y del Consejo Escolar (Anexo II) será motivo de exclusión provisional en el programa, que podrá ser subsanada, en el plazo establecido al efecto, una vez publicado el listado provisional de seleccionados.
  5. Como medida de prevención de posibles problemas derivados de alergias, intolerancias o régimen alimenticio específico, cada centro deberá ejercer la responsabilidad de solicitar a los padres o tutores del alumnado la autorización, así como la notificación de la relación de frutas, hortalizas, leche y derivados lácteos con las que presentan algún problema específico.
  6. Destinar los productos objeto del programa escolar a su consumo únicamente dentro del propio centro, en horario distinto al de comedor, y durante el curso escolar.
  7. Nombrar un coordinador del programa en el centro y las personas responsables de la recepción de los productos, que validen los albaranes si el producto es correcto.
  8. Comunicar a la/s empresa/s autorizada/s las incidencias relacionadas con el producto, así como cualquier modificación que afecte a la entrega del mismo, a los albaranes y al desarrollo de las medidas previstas en este programa.
  9. Facilitar la colocación, en un lugar claramente visible y legible a la entrada principal del centro escolar de un cartel identificativo de su participación en el Programa “Consumo de Frutas, Hortalizas y Leche en las Escuelas”.
  10. Desarrollar y participar en las acciones previstas en el Programa “Consumo de Frutas, Hortalizas y Leche en las Escuelas”, para las campañas 2026-2027 y 2027-2028 y su eventual prórroga en 2028-2029.
  11. Participar en la evaluación de este programa cumplimentando las encuestas que se le faciliten.
  12. Someterse a cualquier medida de control establecida por la autoridad competente, en particular en lo referente a la comprobación de los registros y la inspección física, y facilitar la documentación que le sea requerida.
  13. El incumplimiento de alguna de estas obligaciones por parte del centro educativo implicará la exclusión de este programa en la presente y su siguiente edición.

Funciones del coordinador:

  1. Coordinación de las actividades de promoción del programa.
  2. Coordinación en la programación y desarrollo de actuaciones encaminadas a la promoción de una alimentación saludable en el alumnado.
  3. Coordinación de la conservación y distribución del producto en el interior del centro.
  4. Velar para que el consumo del producto se realice dentro del propio centro.
  5. Comprobación de las entregas del producto, en concreto: raciones recibidas y calidad del producto.
  6. Validar el albarán de entrega del producto, si éste es correcto.
  7. Comunicar al equipo directivo y a la empresa suministradora las incidencias relacionadas con el producto así como con los albaranes.

Las funciones del coordinador especificadas anteriormente  también podrán ser ejercidas por las personas designadas por el centro educativo como responsables de la recepción de los  productos.                                                                                                                                                              

 Publicación de seleccionados

Tras la publicación de la lista provisional de seleccionados en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación y Formación Profesional  (www.educarm.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica), se abrirá un plazo de reclamación de cinco días hábiles. Transcurridos los cuales y estudiadas las reclamaciones, se publicará la lista definitiva por los mismos medios que la relación provisional.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes ante la Excmo. Sr. Consejero de Educación y Formación Profesional 

Destinatarios:

Administración.

El programa está dirigido al alumnado de 1º a 6º de Educación Primaria al que se le distribuirá raciones de frutas, hortalizas, leche y sus derivados lácteos. Podrán participar en este programa todos los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que impartan Educación Primaria y Centros de Educación Especial.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a plazos

Plazo de Presentación:

Abierto
  • Presentación de solicitud: 03/09/2026 hasta 17/09/2026

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PLANIFICACIÓN EDUCATIVA E INNOVACIÓN (A14038194)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Podrán participar en este programa todos los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que impartan Educación Primaria y Centros de Educación Especial. 

El programa está dirigido al alumnado de 1º a 6º de Educación Primaria al que se le distribuirá raciones de frutas, hortalizas, leche y sus derivados lácteos. 

Documentos a aportar junto con la solicitud

SOLICITUD. Programa "Consumo de Frutas, Hortalizas y Leche en las Escuelas".
  • Certificado
    (Obligatorio / No original)
    Modelo de certificado de aprobación de Claustro y Consejo Escolar.
  • Copia simple de poderes notariales (*)
  • Servicio de Consulta de Subsistencia de Poderes Notariales (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

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Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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