Facilitar a la empresa información relativa a si las personas a las que pretenden contratar han estado previamente contratadas bajo la modalidad de contratos formativos y la duración de estas contrataciones conforme a lo establecido en el artículo 11.7 del RD Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Conforme a los artículos 23 del RD 488/1998, de 27 de marzo y 15 del RD 1529/2012, de 8 de noviembre, el Servicio Público de Empleo competente emitirá la correspondiente certificación en el plazo de diez días desde la fecha de la solicitud.
En caso de que en el transcurso de dicho plazo no se hubiera emitido la referida certificación, el empresario quedará exento de responsabilidad por la celebración del contrato incumpliendo los requisitos de duración máxima establecidos en el artículo 11, apartados 2, párrafo g), y 3, párrafo c), del Estatuto de los Trabajadores y, en su caso, en la disposición transitoria primera, apartado 2, de la Ley 63/1997, de 26 de diciembre, de Medidas urgentes para la mejora del mercado de trabajo y el fomento de la contratación indefinida.
SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14036718)
Ser empleador y realizar éste trámite como paso previo a la celebración de un contrato de formación y aprendizaje o para la práctica profesional.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.