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Las pruebas libres para Formación Profesional se ofrecen como una vía alternativa para obtener directamente las titulaciones de Técnico (Grado Medio) o Técnico Superior (Grado Superior) sin necesidad de cursar las enseñanzas de los ciclos formativos. Son exámenes (teóricos o prácticos) que permiten obtener un título de Formación Profesional sin haber realizado el ciclo formativo.
Medios de presentación:
a) Registro electrónico (elegir formulario de certificado electrónico). Se requiere cl@ve PIN, certificado digital admitido por la Sede electrónica o DNI electrónico. Al finalizar quedará presentada a todos los efectos.
b) Registro presencial (elegir formulario soporte papel). La grabación de este formulario "soporte papel" cumplimentado con todos los datos requeridos no tendrá validez hasta su presentación en el centro examinador o registro oficial. Por tanto, cuando descargue el pdf de solicitud que genera el formulario de solicitud, debe proceder, en el plazo habilitado al efecto, a la posterior presentación de la solicitud junto con la documentación correspondiente en la secretaría del centro examinador, o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Estructura:
Los contenidos de las pruebas irán referidos a los currículos de los ciclos formativos vigentes en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. La prueba de cada módulo profesional incluirá cuestiones teóricas, ejercicios prácticos y/o de simulación que podrán ser estructurados en partes independientes y, en su caso, eliminatorias.
El módulo profesional Formación en Centros de Trabajo y Proyecto deberá cursarse de manera presencial de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente, una vez superados el resto de módulos profesionales del ciclo formativo correspondiente. Obtendrán el título correspondiente una vez superados todos los módulos profesionales que componen el ciclo formativo.
Calendario de las pruebas 2024:
1. Inscripción: Desde las 09:00:00 horas del día 9 de noviembre de 2023 hasta las 14:00:00 horas del día 22 de noviembre de 2023.
2. Lista provisional de admitidos: 29 de noviembre de 2023. Se podrá consultar en el tablón o página web del centro examinador.
3. Reclamación listas provisionales: del 30 de noviembre al 4 de diciembre de 2023. Presentación en el centro docente de realización de las pruebas.
4. Lista definitiva de admitidos: 12 de diciembre de 2023. Se podrá consultar en el tablón o página web del centro examinador.
5. Matrícula: El abono, en su caso, de la tasa correspondiente (formalización de matrícula) deberá efectuarse entre los días 12 y 21 de diciembre de 2023, ambos inclusive. Asimismo, el alumnado menor de 28 años deberá abonar el seguro escolar para lo cual recabará de la secretaría del centro examinador la información sobre el importe y la forma de justificar el pago correspondiente.
Si desea ampliar la información de esta convocatoria: https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=52115&IDTIPO=100&RASTRO=c816$m17010
Para comunicar cualquier duda sobre el procedimiento o incidencia en la tramitación del formulario de solicitud deben dirigirse a: admisionfp@murciaeduca.es , con el asunto: “Procedimiento 1342”. Se atenderá a estos correos por orden de entrada.
Están destinadas a personas que ya tienen una importante formación en un determinado campo profesional pero no disponen del título de Formación Profesional y que son capaces de planificar su estudio de manera individual sin necesidad de apoyo, presentándose a una única prueba (teórica y/o práctica) para cada módulo profesional que compone un ciclo formativo.
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL Y EDUCACIÓN PER (A14046233)
Nota importante: El abono de la tasa, incluida en la solicitud generada, se realizará una vez resulte admitido la persona aspirante en el centro examinador en el período comprendido del 12 al 21 de diciembre de 2023 inclusive.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
El abono de la tasa que se obtiene como "carta de pago" en la propia solicitud generada a través del formulario, se realizará cuando haya obtenido plaza.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada |