Sancionador en materia de Deportes (código 1361) (SIA 207177)

Información Básica

Objeto:

Presentación de denuncias sobre conductas relacionadas con las siguientes materias:

a) Infracciones en materia deportiva, excluida la disciplina deportiva.

b) Infracciones a la normativa de protecciòn de la Colombicultura y la Colombofilia.

c) Infracciones a la normativa reguladora de las profesiones del deporte.

d) Infracciones a la normativa sobre senderos señalizados de la Región de Murcia.

 

Información de Interés

Tramitar los expedientes sancionadores, por la Unidad de Inspección Deportiva, en materias de competencia de la Dirección General de Deportes. Se circunscribe a la sanción de conductas, tipificadas en las disposiciones legales y reglamentarias en materia de deportes, excluida la disciplina deportiva.

Para comunicar ante la Dirección General de Deportes, la existencia de alguna infracción en materia deportiva, puede añadirse en la presentación, el modelo de denuncia que aparece en la Sede Electrónica, que aparece en el apartado "Modelos para la presentación."

Destinatarios:

Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCION GENERAL DEPORTES (A14036694)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Existencia de una presunta infracción tipificada en la normativa en materia de actividad física y deportes.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Denuncia en materia de deportes.
  • Comunicación
    (No obligatorio / No original)
    Escrito de denuncia comunicando la comisión de una posible infracción administrativa en materia de deportes. Dispone de un modelo de denuncia que aparece en "Modelos e información para solicitudes" del apartado "Documentación".

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Modelos para solicitudes

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Autoridad que resuelve:

DIRECTOR/A GENERAL DE DEPORTES
De conformidad con la normativa aplicable, los procedimientos son resueltos por el titular de la Dirección General de Deportes excepto los procedimientos tramitados al amparo de la Ley 3/2011, de 25 de marzo, de protección y ordenación de la práctica deportiva de la colombicultura y la colombofilia que son resueltos por el titular de la Consejería.

Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. De oficio: Caducidad

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A PRESID.PORT.Y ACCION EXTER.CAR
Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A TURISMO,CULTURA,JUV.Y DEPORTES
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia
Información adicional sobre recursos
Los procedimientos de la Ley 3/2011, al resolver el titular de la Consejería, y poner fin a la vía administrativa, de conformidad con el articulo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe la interposición del recurso potestativo de reposición o en su caso, interponer directamente recurso ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los demás procedimientos, podrán ser recurrido en alzada, conforme a lo establecido en el artículo 121 de la misma Ley. El objeto y plazo del recurso contencioso se regulará por lo previsto en el artículo 45 y 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. DG de Transformación Digital. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia