Conceder ayudas a la contratación de personas tituladas en FP de Grado Superior, personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, mediante un contrato en prácticas, para actividades/proyectos de I+D+i.
1. El importe de la ayuda asciende a 13.300 euros por año que deberá destinarse íntegramente a cubrir el salario bruto del titulado contratado.
2. Las solicitudes deberán adjuntar una Memoria de Actividades de I+D+i (art. 10 Orden de Bases Reguladora, BORM 27/04/2018) (Anexo II) que incluirá:
a) Título de actividades/proyecto de I+D+i.
b) Titulación en Formación Profesional de Grado Superior de la persona que se pretende contratar, necesaria para desarrollar las actividades/proyecto de I+D+i.
c) Actividades de I+D+I a desarrollar por el técnico a contratar, así como una justificación de la correspondencia de dichas funciones con la competencia general asociada a título.
d) Programación temporal o calendario de funciones a desarrollar en caso de que varíen de forma significativa a lo largo del tiempo de duración del contrato.
2. Indicar y justificar brevemente el/los ámbito/s de especialización inteligente o tecnología/s contempladas en la estrategia RIS3Mur en el/los que se enmarca/n las actividades/proyectos de I+D+i.
3. Número de orden de prioridad en caso de presentar más de una contratación.
4. Plazo de presentación de solicitudes: 30 días naturales desde la entrada en vigor de la Orden de convocatoria.
5. Condiciones del contrato: Contrato de formación en prácticas tal y como lo establece el artículo 11.1 del Estatuto de los Trabajadores vigente, a jornada completa, de 1 años de duración.
6. Plazo para la firma del contrato: 30 días naturales desde la notificación de la concesión de la ayuda.
7. Cuando firme el contrato, deberá presentarlo junto a la comunicación por el sistema "contrat@", el justificante demanda de empleo, la titulación del contratado, Anexo V y Anexo VI.
Modalidad "A": Contrato de 1 año de duración, a tiempo completo.
DIRECCIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN (A14041092)
Podrán ser solicitantes las universidades, entidades públicas de investigación e innovación, centros tecnológicos de I+D+i, entidades sin fines de lucro, y las pequeñas y medianas empresas (PYME) que tengan actividad económica en la Región de Murcia. Todos ellos habrán de realizar la actividad objeto de subvención dentro del ámbito territorial de la Región de Murcia. (Art. 3.1 Orden de Bases 12-04-2018, BORM nº 96, 27-04-2018).
Según el art. 3.2 Orden de Bases 12-04-2018, BORM nº 96, 27-04-2018.
No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las mismas estén garantizadas o se hubiere acordado la suspensión del procedimiento ejecutivo.
Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Estar al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.
No estar incursos en algunas de las circunstancias previstas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La formalización del contrato de trabajo en prácticas se realizará dentro del plazo de 30 días naturales tras la notificación de la concesión de la ayuda al beneficiario (art. 19 Orden reguladora de Bases). La entidad beneficiaria está obligada a comprobar, antes de la formalización del contrato, que la persona a contratar cumple a fecha de formalización del contrato los requisitos establecidos en el art. 8.2 de la Orden de la Convocatoria, de fecha 0/05/2021). Y presentar el contrato en prácticas y el documento acreditativo de la comunicación de su contendio por el sistema >contrat@> en el plazo de 15 días desde la fecha de formalizacíón del contrato. (art. 8.2 de la Orden de convocatoria)
Según el art. 8.3 de la Orden de convocatoria de 01/05/2021, los requisitos citados en el apartado anterior deberán acreditarse mediante la aportación, junto al contrato en prácticas, de la siguiente documentación:
1)). Título en Formación Profesional de grado superior de la persona a contratar, expedido con antelación a la fecha de la contratación o acreditación del pago de los derechos para su expedición o certificación académica en la que conste que se han abonado las tasas para su expedición.
2)). Documentación acreditativa de estar inscrito como demandante de empleo emitido por el Servicio de Empleo y Formación de la CARM a la fecha de la contratación.
3)) Anexo V Declaración responsable de la entidad contratante en la que expresamente cite que la persona contratada no se encuentra en los supuestos del artículo 8.4 de la Orden de Bases.
4)) Anexo VI, relativo al Formulario para la recogida, tratamiento y verificación de datos de los participantes (Anexo I Reglamento (UE) 1304/2012 del Reglamento (UE) Nº 1303/2013 del Parlamento Europeo del Consejo).
La no presentación de la documentación indicada conllevará el reintegro de la totalidad de la subvención concedida más los intereses de demora, de conformidad con el art. 37.1 de la Ley 38/2003, de 1 de noviembre, General de Subvenciones y el art. 91.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley anteriormente citada.
Presentación en el momento de la justificación, (art. 15 de la Orden de convocatoria de 01/05/2021), en los tres meses siguientes a la finalización del contrato:
1.- Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la ayuda con indicación de las actividades realizadas, y los resultados obtenidos cuantificados y valorados. Incluirá la "Valoración de la entidad contratante sobre la actuación subvencionada con indicación de si existe la intención de mantener la contratación del titulado una vez finalizado el periodo subvencionable".
2.- Memoria económica justificativa de las actividades a realizar conforme al Anexo VII. Recoge la información que se solicita en el punto Decimoquinto apartado 2.b de la Orden de convocatoria.
3.- Informe de Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social del periodo comprendido desde la fecha de alta en la Seg. Soc. del trabajador hasta la fecha en que se produzca la finalización del periodo subvencionado.
4.- Resumen de actuaciones de información y publicidad llevadas a cabo acerca de la financiación por el FSE y acreditación documental de los soportes utilizados.
5.- En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses legalmente derivados de los mismos, o en su defecto, compromiso expreso de efectuar el ingreso o reintegro de dicho remanente así como de los intereses legalmente derivados del mismo en tiempo y forma, a requerimiento del órgano competente de la Administración Regional.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |