Por causas ajenas a la CARM, aún no es posible realizar la identificación y firma en esta sede electrónica con el DNI electrónico y con certificados de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
Sentimos las molestias ocasionadas.
Establecer un procedimiento para el reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras de los títulos, diplomas o certificados expedidos por entidades que opten a la acreditación.
1.- La Comisión de Reconocimiento de Niveles de Competencia en Lenguas Extranjeras.
Podrá requerir a los solicitantes cuanta documentación sea precisa para facilitar el estudio y valoración de la solicitud.
Aprobará las propuestas de ampliación del catálogo de títulos, diplomas y certificados que se reconocerán como acreditativos de la capacitación lingüística y comunicativa en lenguas extranjeras.
El presidente de la Comisión, como Consejero competente en materia de educación, propondrá la modificación del anexo de dicho decreto, por ampliación de dicho catálogo, al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para su aprobación.
Entidades reconocidas por los organismos responsables de las certificaciones de idiomas en los países de origen.Agencias u oficinas nacionales o autonómicas.Instituciones certificadoras con competencia en enseñanza de idiomas de reconocido prestigio internacional que representen a su país en el exterior.
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL Y EDUCACIÓN PER (A14046233)
Criterios que deben cumplir las solicitudes:
1.- Cumplimiento de alguno de los requisitos establecidos para acceder al procedimiento.
a. Entidades reconocidas por los organismos responsables de las certificaciones de idiomas en los países de origen.
b. Títulos universitarios verificados o acreditados por agencias u oficinas nacionales o autonómicas.
c. Instituciones certificadoras con competencia en enseñanza de idiomas de reconocido prestigio internacional que representen a su país en el exterior.
2.- Los descriptores globales para llevar a cabo tanto la enseñanza y el aprendizaje, como la evaluación de los niveles de competencia en lenguas extranjeras están referenciados a los indicadores de nivel definidos en el MCERL.
3.- Los descriptores de resultado de la evaluación del dominio de la competencia lingüística en lenguas extranjeras son acordes con los del MCERL.
4.- El modelo de examen evalúa las cuatro destrezas.
5.- Los contenidos de las pruebas y los exámenes son acordes con las especificaciones del MCERL.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO |