Sancionar los incumplimientos, en materia de Calidad Ambiental, preceptuados por la normativa relacionada al final del presente procedimiento.
Personas físicas o jurídicas o entidades que por acción u omisión realicen o participen en la comisión de hechos constitutivos de infracción conforme a la normativa en materia de Calidad Ambiental.
DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE (A14028280)
Comisión de hechos constitutivos de infracción, conforme a la normativa en materia de Calidad Ambiental.
El procedimiento se iniciará mediante acuerdo de la Dirección General competente en la materia, que se notificará a los interesados y que contendrá una sucinta referencia a los hechos que lo motivan, identidad del instructor y del órgano competente para resolver, con referencia de la norma que le atribuya dicha competencia.
El instructor del procedimiento realizará, de oficio, cuantas actuaciones resulten necesarias y demás actuaciones pertinentes y, una vez practicadas, formulará propuesta de resolución.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Alzada | CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA |
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |