Restablecimiento de la Legalidad Ambiental. (código 1405) (SIA 207205)

Información Básica

Objeto:

Restablecer la legalidad ambiental, vulnerada por el ejercicio de actividades sometidas a autorización ambiental autonómica, sin la autorización o incumpliendo las condiciones de la misma.

Información de Interés

  • Las alegaciones se presentarán por los sujetos obligados en la Sede electrónica, mediante el formulario de actos de trámite deun procedimiento ya iniciado, adjuntando el formulario incluido en los modelos de presentación.
  • Los sujetos no obligados podrán presentar las alegaciones del mismo modo que los obligados en la Sede electrónica, pudiendo optar tambien por su presentación en una Oficina de atención Presencial.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

La persona física o jurídica, titular de la actividad e instalación, sometida a autorización ambiental autonómica, que ejerza sin la autorización o incumpliendo las condiciones de la misma.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE (A14028280)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

  • Ejercer una actividad sometida a autorización ambiental autonómica sin la autorización o incumpliendo las condiciones de la misma.
  • En el caso de actividades no autorizadas, y sin perjuicio de iniciar el procedimiento sancionador que, en su caso proceda, se realizará un requerimiento al interesado para que inicie la legalización de su actividad en el plazo de dos meses contados desde la notificación del requerimiento:
    • - El requerimiento de legalización se podrá realizar desde que se inicie la implantación o montaje de las instalaciones, y en cualquier momento del funcionamiento de la actividad.
    • - La persona interesada deberá presentar la solicitud de la correspondiente autorización ambiental autonómica o, en su caso, comunicación previa, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 4/2009 de 14 de mayo, de Protección Ambiental Integrada, dentro del plazo de dos meses concedido en el requerimiento de legalización.
  • Realizado el oportuno requerimiento de legalización se iniciará el procedimiento para el restablecimiento de la legalidad ambiental mediante acuerdo de inicio de la Dirección General acompañado de propuesta de resolución, que contendrá sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho, identidad del órgano competente para resolver y norma que atribuye dicha competencia.
    • Se concederá un trámite de audiencia para aportación de documentos o alegaciones pertinentes, finalizado el cual se dictará resolución definitiva.
  • En el caso de actividades autorizadas que incumplan las normas ambientales o las condiciones establecidas en la autorización ambiental autonómica, se regirá por el mismo procedimiento de restablecimiento ambiental descrito en el párrafo anterior, sin que se realice el previo requerimiento de legalización.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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