Por tareas de mantenimiento y mejora, entre las 8:00 y las 08:15 horas del miércoles día 03/07/2024, algunos trámites de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia estarán temporalmente fuera de servicio.
Disculpen las molestias.
Conceder ayudas económicas a Ayuntamientos de la Región de Murcia, para la reparación, ampliación y mejora de los espacios deportivos y complementarios de instalaciones deportivas municipales, a fin de garantizar la práctica deportiva en las mejores condiciones de uso y seguridad.
Se consideran Espacios deportivos aquellos espacios útiles al deporte descritos en las normas NIDE, publicadas por el Consejo Superior de Deportes (Normativa sobre Instalaciones Deportivas y para el Esparcimiento, aplicables por la disposición transitoria segunda de la Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia), y Espacios complementarios aquellos que sirven como espacios auxiliares, tanto a deportistas como a espectadores, definidos en las normas NIDE.
Orden de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía, por la que se convocan subvenciones a Ayuntamientos de la Región de Murcia, para la reparación, ampliación y mejora de instalaciones deportivas municipales.
Ayuntamientos de la Región de Murcia
DIRECCION GENERAL DEPORTES (A14036694)
Para obtener la condición de beneficiario de las ayudas se deberán reunir los siguientes requisitos:
- Acreditar hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y sociales, en los términos del artículo 11 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y del 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- Haber justificado suficientemente las ayudas recibidas con anterioridad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia por este concepto, y no tener pendientes obligaciones de reintegro, salvo que estuvieran debidamente garantizadas.
Asimismo, en las instalaciones deportivas municipales se deberán cumplir los siguientes requisitos mínimos:
- Acreditar la titularidad de la instalación deportiva de uso público para la que se solicita subvención.
- La actuación a la que vaya destinada la subvención deberá cumplir, tras la reforma, ampliación o mejora, lo regulado en las Normas de Instalaciones Deportivas y de Esparcimiento (NIDE) publicadas por el Consejo Superior de Deportes, en los aspectos que le sean de aplicación respecto a la actuación realizada.
- Las actuaciones de obra a realizar en la instalación deportiva deberán contemplar que la misma quede apta para su utilización.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A PRE.,TURIS.CULT.DEPOR.Y PORTA |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |