Comunicación previa y modificaciones de Agente de Residuos Peligrosos y No peligrosos (código 1496) (SIA 207255)

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Información Básica

Objeto:

Según se establece en el artículo 35 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, deben presentar comunicación previa al inicio de sus actividades como Agentes de residuos, ante el órgano ambiental competente de la Comunidad Autónoma donde tengan su Sede social.

Información de Interés

NFORMACIÓN SOBRE LA TRAMITACIÓN

Para comunicar la inscripción de una nueva de actividad de Agente de residuos peligrosos y/o no peligrosos, se presentará Comunicación Previa mediante formulario específico 

Para comunicar la ampliación de códigos LER de residuos de un Agente de residuos peligrosos y/o no peligrosos ya inscrito, se hará uso del mismo formulario específico marcando Modificación 

Cuando actúe como representante, que en el proceso de presentación se le requeríra el documento justificante de respresentación.

Para cambio de Titularel nuevo Titular efectuará el tramite de inscripción como si se tratase de una          Comunicación previa de nueva actividad utilizando el formulario especifico descrito anteriormente , mientras que el Titular anterior deberá comunicar la baja como Agente, si así lo considerase, usando la opción “Escrito de cumplimiento de subsanación/mejora". (pestaña “Presentación de Solicitudes” opción “Otros trámites de este procedimiento”).

El pago de la TASA de tramitación de nueva inscripción o de modificación, se efectuará on-line, mediante la pasarela de pagos de la CARM, durante el proceso de presentación del formulario específico correspondiente.

Fianza

Los AGENTES de residuos PELIGROSOS, deben constituir una fianza conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 7/2022, de 8 de abril. La fianza se constituye en la Caja de Depósitos de Hacienda de la Región de Murcia, con el fin de responder del cumplimiento de todas las obligaciones que frente a la Administración, se deriven del ejercicio de las operaciones objeto de autorización, en la cuantía de 15.000 €, según se establece en la en el apartado 1.6 del anexo IV del Real Decreto 208/2022 de 22 de marzo sobre garantías financieras. La mercantil deberá presentar junto con el formulario cumplimentado de comunicación previa el resguardo de la Caja de Depósitos de Hacienda en el momento de la presentaciónd de la comunicación previa.  Al finalizar la actividad podrá solicitar su devolución. En el caso de disponer de una fianza depositada, superior a la cantidad fijada de 15.000,00 €, podrá solicitar su devolución una vez depositada la nueva fianza de 15.000,00 €.

OTRA INFORMACIÓN DE INTERÉS

Definiciones, según el artículo 2 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

«Residuo»: cualquier sustancia u objeto que su poseedor deseche o tenga la intención o la obligación de desechar.

«Residuo peligroso»: residuo que presenta una o varias de las características de peligrosidad enumeradas en el anexo I y aquél que sea calificado como residuo peligroso por el Gobierno de conformidad con lo establecido en la normativa de la Unión Europea o en los convenios internacionales de los que España sea parte. También se comprenden en esta definición los recipientes y envases que contengan restos de sustancias o preparados peligrosos o estén contaminados por ellos, a no ser que se demuestre que no presentan ninguna de las características de peligrosidad enumeradas en el anexo I.

«Residuo no peligroso»: residuo que no está cubierto por la definición de Residuo peligroso.

«Agente»: toda persona física o jurídica que organice la valorización o la eliminación de residuos por encargo de terceros, incluidas aquellas que no tomen posesión física de los residuos

La comunicación tendrá el contenido indicado en el anexo XI de la Ley 7/2022, de 8 de abril, será válida en todo el territorio nacional y se inscribirá, por la Comunidad Autónoma ante la que se haya presentado en su respectivo registro. Esta información se incorporará en el Registro de Producción y Gestión de Residuos, previsto en el artículo 63 de la Ley 7/2022, de 8 de abril.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Personas física o jurídicas, con domicilio o sede social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que organizan la valorización o la eliminación de residuos por encargo de terceros, según la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE (A14028280)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

La Sede Social del Agente de residuos debe estar en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Definir y Conceptuar la actividad del "Agente"(Persona fisica o Juridica):

  1. - El "agente" no adquiere la propiedad del residuo.
    • El productor o poseedor inicial mantiene las responsabilidades relativas a la entrega y adecuado tratamiento de los residuos producidos.-
  2. El "agente" realiza actividades de intermediación poniendo en contacto productores, transportistas y gestores finales,
    •  A efectos de reducir costes y actuar como interlocutor único para una gestión completa y adecuada de la totalidad de los residuos producidos, conforme a la normativa reguladora sectorial de residuos.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de "Comunicación previa de Agentes de Residuos Peligrosos y No Peligrosos"
  • Escritura de constitución
    (No obligatorio / No original)
    Escritura de constitución en su caso.
  • Justificante del pago de la tasa
    (No obligatorio / No original)
  • Memoria
    (Obligatorio / Original)
    Memoria descriptiva de las actividades que se van a realizar, que incluya como mínimo lo siguiente: Descripción de la metodología empleada para organizar la valorización o la eliminación de residuos por encargo de terceros.
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación
    (No obligatorio / No original)
    Poderes como representante de la empresa de quien firma la solicitud, en su caso.
  • Justificante de depósito de Fianza
    (Obligatorio / Original)
    Los agentes que organicen la valorización o la eliminación de residuos peligrosos por encargo de terceros, deben constituir una fianza conforme a lo establecido en el art. 23 de la Ley 7/2022, de 8 de abril y con la cuantía de 15.000 € según se establece en la en el apartado 1.6 del anexo IV del Real Decreto 208/2022 de 22 de marzo sobre garantías financieras.
  • Comunicación
    (Obligatorio / Original)
    Formulario cumplimentado y firmado de comunicación previa de negociante de residuos peligrosos.

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

  • T240. Tasa por Actuac.protección medioambiental y control activ.
    S2H009 - Resto autoriz. control atmósfera, resid, suelo contam.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 0

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. DG de Transformación Digital. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia