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Fomentar determinadas actividades concediendo directamente una subvención por estar previsto nominativamente en la vigente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia o le venga impuesto su otorgamiento a la Administración por una norma de rango legal.
La Ley de Presupuestos incluye un anexo en el que figura los “proyectos de gasto nominativos” para ese ejercicio presupuestario, con mención del competente para su concesión beneficiario, partida presupuestaria e importe máximo de la subvención. No obstante lo anterior, aunque figure en esa relación, la concesión o no de la subvención será decidida por el órgano competente. Las que figuren en otra norma habrá que estar a lo en ella previsto.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
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Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | Consejero/a competente |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |