Cancelar a instancia del obligado al pago, las deudas que se encuentren en período voluntario mediante su compensación con los créditos que ese mismo obligado mantenga con la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
-La presentación de una solicitud de compensación en período voluntario impide el inicio del período ejecutivo de la deuda concurrente con el crédito ofrecido, pero no el devengo del interés de demora que pueda proceder, en su caso, hasta la fecha de reconocimiento del crédito.
-La resolución de la solicitud corresponde al Director/a General de Presupuestos y Fondos Europeos.
DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTOS Y FONDOS EUROPEOS (A14036660)
Existencia de una deuda con la Comunidad Autónoma en periodo voluntario de ingreso.
Existencia de un crédito reconocido por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a favor del deudor.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.