Regular el procedimiento para solicitar la declaración de las siguientes situaciones administrativas del personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (excepto personal docente de la Consejería de Educación y personal estatutario del Servicio Murciano de Salud):
- Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público.
- Excedencia por agrupación familiar.
- Excedencia por cuidado de familiares.
- Excedencia voluntaria por interés particular.
- Excedencia por razón de violencia de género.
Según la situación administrativa de procedencia, el plazo para el reingreso al servicio activo, desde una situación de excedencia, será:
- Excedencia por cuidado de menores, por menor de tres años: antes de que el hijo o hija cumpla tres años de edad.
- Excedencia por cuidado de familiares: antes de que finalicen los tres años a que se tiene derecho desde el inició de esta.
- Excedencia por agrupación familiar: no requiere plazo.
- Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público: un mes desde que finalice dicha prestación de servicios.
- Excedencia voluntaria por interés particular: a partir de dos años de permanencia en dicha situación.
- Excendencia por razón de violencia de género: no requiere plazo.
Personal funcionario y laboral que presta servicios en las distintas Consejerías y organismos de la Administración Regional.
DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA Y DIÁLOGO SOCIAL (A14036663)
Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público: encontrarse en situación de servicio activo en otro cuerpo, escala u opción, en esta o en otra Administración Pública. Podrá declararse de oficio o a instancia de parte.
Excedencia por agrupación familiar: que el cónyuge resida en otra localidad por haber obtenido y estar desempeñando un puesto de trabajo en una Administración Pública. A instancia de interesado/a.
Excedencia por cuidado de familiares: por cuidado de hijos o hijas menores de tres años o cuidado de una persona familiar a cargo, hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por si mismo y no desempeñe actividad retribuida. A instancia de interesado/a.
Excedencia voluntaria por interés particular: haber prestado servicios efectivos, en cualquier Administración Pública, durante un período mínimo de cinco años inmediatamente anteriores. Se requiere también conformidad de la Secretaría General de la Consejería u organismo correspondiente. A instancia de interesado/a.
Excedencia por razón de violencia de género: tendrán derecho sin tener que haber prestado un tiempo mínimo de servicios previos. A instancia de interesado/a.
- Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público.
- Documentación que acredite la situación de servicio activo en otro Cuerpo o Escala de cualquiera de las Administraciones Públicas.
- Excedencia por agrupación familiar.
- Documento justificativo de que el cónyuge reside en otra localidad por haber obtenido y estar desempeñando un puesto de trabajo de carácter definitivo como personal funcionario de carrera o como laboral fijo en cualquiera de las Administraciones Públicas.
- Excedencia por cuidado de familiares:
- Excedencia por razón de violencia de género.
- Documentación acreditativa de la situación de víctima de violencia de género.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
CONSEJERO/A ECO.HAC.FONDO EUR. Y ADMON.DIG
Resuelve el/la Director/a General de Función Pública por delegación del Consejero/a de Economía, Hacienda y Empresa.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | DIRECTOR/A GENERAL FUNCION PUBLICA Y DIALOGO SOC. |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |