Reconocer las Comunidades Murcianas asentadas fuera de la Región e inscribirlas en el correspondiente Registro.
Comunidades Murcianas asentadas fuera de la Región
DIRECCIÓN GENERAL DE ACCIÓN EXTERIOR Y COOPERACIÓN (A14042457)
Tener personalidad jurídica y encontrarse válidamente constituidas.
Ostentar la mayoría de sus miembros la condición política de murcianos o ser ciudadanos españoles o extranjeros de ascendencia murciana.
Tener una estructura interna y funcionamiento democrático.
Carecer de ánimo ni fin de lucro.
Tener por objeto principal el mantenimiento de lazos culturales o sociales con la Región de Murcia y la difusión de las expresiones culturales murcianas en el territorio donde se hallen radicadas.
Tener un número mínimo de 50 socios.
No tener finalidad política o sindical concreta.
Normativa de funcionamiento sujeta al Decreto 78/1989, de 7 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo Asesor Regional de las Comunidades Murcianas asentadas fuera de la Región (BORM nº 211, de 14/09/1989).
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |