Aviso

Atención

Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.

Sentimos las molestias ocasionadas.

Autorización para plantación de viñedo (código 1698) (SIA 207302)

Iniciar trámites

Información Básica

Objeto:

Conceder autorización para nuevas plantaciones, replantaciones o conversión de derechos.

Información de Interés

Los solicitantes deberán cumplir los requisitos que marca la legislación vigente para: nuevas plantaciones, replantaciones y conversión de derechos.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Personas físicas o jurídicas. Propietarios o arrendatarios de terrenos agrícolas.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA ALIMENTARIA Y ASOCIACIONISMO AGRARIO (A14035032)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Ser titular en el Registro de Explotaciones de las superficies donde se pretenda plantar viñedos.

Poseer derechos de replantación o autorización de replantación, ambos en vigor.

Cumplir los requisitos que marca la legislación vigente para cada una de las modalidades.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Autorización para plantación de viñedo
  • Acreditación
    (No obligatorio / Original)
    En caso de sociedades documento acreditativo de que el solicitante es el representante legal de la misma.
  • Croquis
    (No obligatorio / Original)
    En el caso de que no se planten recintos completos, plano SIGPAC donde se dibuje la parte a plantar.
  • Informe
    (No obligatorio / Original)
    En caso de la plantación se deba inscribir como V.C.P.R.D., Informe del ConsejoRegulador de la Denominación de Origen.

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia
Información adicional sobre recursos
NO PONE FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVA. Cabrá recurso de Alzada. 1º.- El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o directamente ante el competente para resolverlo. 2º.- El plazo para la interposición del recurso será de un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer el recurso en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, se produzcan los efectos del silencio administrativo. 3º.- En el enlace https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1495&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288, encontrará información sobre el funcionamiento del recurso potestativo de alzada en la Administración Regional Si decide interponer directamente el recurso contencioso administrativo: El plazo máximo para su presentación de será de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución objeto de recurso. Si no se notificara resolución expresa, el plazo será de seis meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del díasiguiente a aquél en que se produzca la resolución presunta de la solicitud presentada.

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia