Aprobar los Proyectos de Programas Operativos de las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas con sede social en la Región de Murcia por periodos de duración mínima de tres años y máxima de siete años.
INSTRUCCIONES Y DOCUMENTOS A APORTAR EN LA SOLICITUD DE PROYECTO PROGRAMA OPERATIVO (RD 857/2022)
(VER GUIA )
[1] En el caso de recintos ubicados en el ámbito de la Confederación Hidrográfica del Segura, se aportará certificado de Comunidad de Regantes según el formato establecido por los servicios jurídicos
[2] Sólo se aportará en el caso de presentar acta de Asamblea y no certificado.
Organizaciones de productores de frutas y hortalizas con sede social en la Región de Murcia.
Plazo de presentación de solicitud: Conforme al artículo 8.1 del Real Decreto 857/2022, la OP deberá presentar al órgano competente el PPO que pretenda aplicar, a más tardar el 15 de septiembre del año anterior al de su primera anualidad.
Plazo de resolución: Según dispone el artículo 7.2 del Real Decreto 857/2022, para poder aplicarse el 1 de enero del año siguiente al de su presentación, los programas deberán ser aprobados por el órgano competente a más tardar el 31 de diciembre del año de su presentación, en todo caso sin superarse el plazo máximo para resolver y notificar. La aplicación de los programas aprobados con posterioridad al 31 de diciembre no podrá iniciarse hasta el 1 de enero del segundo año siguiente al de su presentación. No obstante, por motivos debidamente justificados, podrán aplicarse desde el 1 de enero del año siguiente al de su presentación, los programas aprobados entre el citado 31 de diciembre y el 20 de enero del año siguiente, siempre que la resolución de aprobación lo recoja expresamente.0
DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA ALIMENTARIA Y ASOCIACIONISMO AGRARIO (A14035032)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |