Comunicación de datos de las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas (código 1745) (SIA 207325)

Información Básica

Objeto:

Conceder el reconocimiento o autorización de una nueva  Agrupación de Defensa Sanitaria Ganadera (ADSG).  (Usar Anexo I).

Comunicar cualquier cambio de datos de las ADSG. (Usar Anexo I).

Solicitar el alta o baja en el registro de las ADSG de una explotación ganadera. (Usar Anexo II).

Comunicar el alta o baja en el registro de las ADSG de un veterinario/a. (Usar Anexo III).

 

 

Información de Interés

Para comunicar la solicitud de la creación de una nueva ADSG, es obligatorio aportar la siguiente documentación:  los Estatutos de la Asociación debidamente legalizados junto a la solicitud (Anexo I). Memoria expositiva del cumplimiento de los requisitos iniciales  indicados en los datos generales. Cualquier documentación para la mejor justificación del cumplimiento de tales requisitos.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Asociaciones de ganaderos.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y PESQUERA (A14035033)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

A) Requisitos para reconocer una nueva ADS:

  • Con carácter general las asociaciones de ganaderos han de cumplir los siguientes requisitos:
    • Tener personalidad jurídica propia.
    • Integrar, en el ámbito territorial de uno o varios municipios, al menos al 30 por 100 de los ganaderos de cada municipio.
    • Disponer de un programa sanitario común aprobado por la Comunidad Autónoma.
    • Disponer, al menos, de un veterinario responsable para desarrollar las funciones sanitarias relacionadas con los programas aprobados, y reconocido para este fin por la Comunidad Autónoma.
  • Dotarse de unos estatutos de funcionamiento en los que conste:
    • a) Denominación de la Agrupación.
    • b) Domicilio social y ámbito territorial.
    • c) Órganos de representación, gobierno y administración.
    • d) Recursos económicos previstos.
    • e) El derecho a integrarse en la misma de todos los ganaderos que lo deseen.
    • f) La regulación del funcionamiento interior de acuerdo con la normativa aplicable.
  • Las asociaciones de ganaderos de ovino, caprino y bovino que pretendan ser reconocidas como Agrupación de Defensa Sanitaria deberán de cumplir, además,  las siguientes condiciones:
    • Disponer de servicios técnicos veterinarios adecuados al censo de ganado de la asociación.
    • Las explotaciones sometidas a la actuación de la asociación deberán estar ubicadas en zonas geográficas delimitadas estatutariamente, que será preferentemente coincidente con un término municipal.
  • Tener un mínimo de diez socios, en todo caso ganaderos, y superar en ovino y caprino el 30% de los que se localicen en el ámbito geográfico de la asociación, con un mínimo de 5000 cabezas de las especies ovina y caprina y de 400 en la bovina.
  • Elaborar y aprobar unos programas de profilaxis sanitaria general con las enfermedades principales de las especies objeto de la asociación.
  • Tener aprobado y puesto en marcha un programa específico de lucha contra la brucelosis en todas y cada una de las explotaciones integrantes. En el bovino incluirá además programas de lucha contra tuberculosis y leucosis.

B) Requisitos para el alta de una explotación ganadera en el registro de ADSG: La explotación debe estar activa, inscrita en la base de datos Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) y estar ubicada en el ámbito geográfico definido en  el área sanitaria y en los estatutos de la ADSG. No estar asociada en otra ADSG o haber solicitado la baja en la misma previa a la solicitud. 

C) Requisitos para el alta de un veterinario/a en el registro de las ADSG: Que esté colegiado/a.

Documentos a aportar junto con la solicitud

  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Cualquier documentación para la mejor justificación del cumplimiento de tales requisitos.
  • Estatutos
    (No obligatorio / No original)
    Deberá aportarse junto a la solicitud (Anexo I) los Estatutos de la Asociación debidamente legalizados.
  • Memoria
    (No obligatorio / No original)
    Memoria expositiva del cumplimiento de los requisitos señalados arriba.
  • Acreditación
    (No obligatorio / No original)
    Cualquier documentación para la mejor justificación del cumplimiento de tales requisitos.
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. DG de Transformación Digital. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia