Autorización de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias con aforo superior a 150 personas (código 1769) (SIA 207339)

Información Básica

Objeto:

Solicitud de autorización para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias que tengan un aforo superior a 150 personas.

 

Información de Interés

La solicitud de autorización deberá ser presentado con al menos 30 días hábiles de antelación a la realización de la actividad junto con la documentación justificativa.

El promotor deberá comunicar al órgano competente cualquier modificación en la fecha, hora o lugar, o cualquier otra alteración sustancial del espectáculo con antelación suficiente. Esta modificación deberá hacerse pública por los mismos medios por los que haya sido convocado el espectáculo o actividad y dará derecho al reintegro de la entrada adquirida si el cambio producido no fuera satisfactorio para el comprador de la  misma.

Se requiere informe de viabilidad del espectáculo o actividad a celebrar, emitido por el Ayuntamiento del municipio en el que se celebre el espectáculo o actividad, que no será vinculante para el órgano competente para autorizar.

El órgano competente para la autorización informará a la Delegación del Gobierno, a efectos de la designación de las Fuerzas de Seguridad necesarias para el mantenimiento del orden público de todos los espectáculos o actividades recreativas extraordinarias autorizadas.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Empresarios.Particulares.Entidades o Asociaciones deportivas, o cualquier otro organizador interesado.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Las solicitudes de autorización deberán presentarse al menos 30 días hábiles antes de la fecha prevista para la celebración del espectáculo o actividad.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL (A14036685)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Disponer de un Plan de Autoprotección cuando el aforo máximo sea superior a 500 personas en recintos cerrados o a 3.000 si el recinto es al aire libre, y aquellos otros a los que la obligación les venga impuesta de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de Autorización para celebración de Espectáculo Público y Actividad Recreativa de carácter Extraordinario u Ocasional con aforo superior a 150 personas.
  • Proyecto/memoria, suscrito por técnico competente y visado en colegio profesional
    (Obligatorio / No original)
    Se requiere Proyecto Técnico /Memoria del espectáculo o actividad, ubicación...visado por el colegio profesional, cuando corresponda.
  • Certificado
    (Obligatorio / No original)
    Certificado de Finalización de Montaje de instalaciones suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional que corresponda.
  • Certificado
    (Obligatorio / No original)
    Certificado de Seguro que cubra la Responsabilidad Civil
  • Acreditación
    (Obligatorio / No original)
    Identificación y domicilio de los titulares, promotores y sus representantes legales, en su caso.
  • Acreditación
    (Obligatorio / No original)
    Cartel anunciador del espectáculo o actividad.
  • Contrato
    (Obligatorio / No original)
    El contrato del artista o artistas o documento justificativo suficiente de la presencia de profesionales o artistas anunciados en el cartel
  • Acreditacion de disponibilidad
    (Obligatorio / No original)
    Acreditación de disponibilidad del recinto o local y licencia de actividad referido en el cartel en donde se celebrará el espectáculo o actividad
  • Memoria descriptiva
    (Obligatorio / No original)
    Relativa al cálculo del aforo solicitado y la adecuación de las vías y recorridos de evacuación para dicho aforo, suscrito por técnico competente
  • Plan de autoprotección
    (Obligatorio / No original)
    Para establecimientos de aforo superior a 500 personas, o a 3.000 personas si el recinto es al aire libre
  • Certificación
    (Obligatorio / No original)
    De dispositivo sanitario y de vigilancia, según aforo.

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Obtención de la Carta de Pago y abono de la tasa

Obtener Carta de Pago Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica  (Autoliquidación)

Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Tasas a abonar

Serán responsables solidarios los titulares de los establecimientos donde se hayan de celebrar los espectáculos públicos o actividades recrativas.

Estarán exentos del pago de tasas los espectáculos públicos y actividades recreativas sujetas a la tasa, organizadas por cualquier entidad o asociación sin fines de lucro, legalmente constituida, cuya recaudación esté destinada exclusivamente y en su totalidad a fines benéficos o asistenciales. 

La obtención de la CARTA DE PAGO y su ABONO con tarjeta se realiza desde el apartado Presentación de Solicitudes.

Si va a realizar la solicitud de forma electrónica la generación de la carta de pago y su abono se realizará desde el propio formulario electrónico de solicitud.

Si lo solicita de forma presencial deberá obtener la carta de pago y podrá abonarla desde la pasarela de pago de la CARMAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica o a través de los medios de pago indicados en la propia carta de pago. Recuerde que debe aportar la carta de pago cuando acuda a presentar su solicitud a las oficinas de registro.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve:

CONSEJERO/A PRESID.PORT.Y ACCION EXTER.CAR
El otorgamiento de esta autorización extraordinaria es competencia de la Consejería competente en materia de espectáculos públicos aunque será necesario informe de viabilidad del espectáculo o actividad a celebrar, emitido por el Ayuntamiento del municipio en el que se celebre el espectáculo o la actividad recreativa, que no será vinculante para el órgano competente.

Plazo de resolución: 15 Día/s hábil/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A TURISMO,CULTURA,JUV.Y DEPORTES
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia
Información adicional sobre recursos
E

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. DG de Transformación Digital. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia