Procedimiento admnistrativo para el cambio de nombre y/o capitalidad de los municipios.
El nombre y capitalidad de los municipios podrán ser alterados por Decreto del Consejo de Gobierno, a petición del Ayuntamiento interesado, e informe de la Consejería competente en materia de régimen local, de la Academia «Alfonso X el Sabio», de Murcia, si es por motivos históricos, o de la Real Sociedad Geográfica, en los demás casos. El expediente se someterá a información pública por plazo de un mes.
Los cambios de denominación y capitalidad de los municipios serán inscritos en el Registro de Entidades Locales de la Comunidad, que se llevará en la Consejería competente en materia de régimen local, y serán publicados en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», sin perjuicio de que, por aplicación de lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los cambios de denominación de los Municipios tengan carácter oficial tras haber sido anotados en el Registro de Entidades Locales de la Administración del Estado y publicadoe en el «Boletín Oficial del Estado».
Entidades Locales.
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL (A14036685)
Petición del Ayuntamiento interesado, previo acuerdo adoptado por la mayoría absoluta del número legal de miembros del Pleno de la Corporación.
Een el supuesto de cambio de capitalidad, éste habrá de fundarse en alguno de los siguientes motivos: a) Desaparición del núcleo urbano donde estuviere establecida. b) Mayor facilidad de comunicaciones. c) Carácter histórico de la población elegida. d) Mayor número de habitantes, y e) Importancia económica o beneficios notorios que a los residentes en el término reporte dicho cambio.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |