Autorizar la prestación de servicios, en régimen de monopolio, por las entidades locales, siempre que esté garantizado el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y de la sostenibilidad financiera del ejercicio de sus competencias, en los términos del artículo 86 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.
La efectiva ejecución de actividades en régimen de monopolio requiere, además del acuerdo de aprobación del Pleno de la correspondiente Corporación local, la aprobación por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
Entes Locales.
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL (A14036685)
Justificación de su conveniencia y oportunidad para el interés público.
Justificación de que la iniciativa no genera riesgo para la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda Municipal, conteniendo un análisis del mercado, relativo a la oferta y a la demanda existente, a la rentabilidad y a los posibles efectos de la actividad local sobre la concurrencia empresarial.
El acuerdo de aprobación deberá aprobarse por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación y determinará la forma de gestión del servicio.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |