Por causas ajenas a la CARM, aún no es posible realizar la identificación y firma en esta sede electrónica con el DNI electrónico y con certificados de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
Sentimos las molestias ocasionadas.
Conceder autorización para la realización de concursos o competiciones de pesca deportiva marítima
La solicitud de la autorización deberá realizarse con al menos 15 días hábiles de antelación a la fecha de la celebración.
Para concursos previstos se establece:
Federaciones y asociaciones deportivas/recreativa o administraciones
La solicitud de la autorización deberá realizarse con al menos 15 días hábiles de antelación a la fecha de la celebración.
Para concursos previstos se establece:
DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y PESQUERA (A14035033)
Para la celebración de concursos de pesca marítima será necesario disponer de una autorización que, de conformidad con el artículo 17 del Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, será expedida:
a) Por el órgano de la Administración del Estado establecido en dicho precepto, para aquellos concursos que tengan como especies objetivo las de protección diferenciada incluidas en el Anexo II del indicado Real Decreto, ya se celebren en aguas interiores o exteriores.
b) Por la Consejería competente en materia de pesca marítima en el resto de concursos que se celebren tanto en aguas interiores como en aguas exteriores.
Las solicitudes formuladas para competiciones deportivas federadas deberán ser tramitadas a través de las Federaciones correspondientes de la Región de Murcia que las organicen. En dicha solicitud se indicará si se pretende rebasar el tope máximo de capturas establecido.
La entidad organizadora del concurso está obligada a remitir las actas con los resultados del mismo en el plazo máximo de 10 días desde la fecha de su celebración. En las actas deberá figurar al menos el número de participantes/embarcaciones, así como las capturas obtenidas, diferenciando el peso conseguido por especie, o al menos, el porcentaje estimado de cada especie respecto al total de capturas.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
DIRECTOR/A GENERAL PRODUC.AGRIC., GANAD Y PESQUER
Gestiona Servicio de Pesca y Acuicultura
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |