La solicitud se podrá presentar en cualquier momento.
INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGION DE MURCIA (ITREM) (A14036695)
Las declaraciones responsables de viviendas de uso turistico se podran presentar de las siguientes formas:
1.- ELECTRÓNICAMENTE:
2.- PRESENCIALMENTE (en papel):
3.- INCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE EMPRESAS Y ACTIVIDADES TURÍSICAS:
NOTA LEGAL
Debido a la modificación de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre la Propiedad Horizontal, artículo 7.3, por la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, en el sentido de que el propietario de cada vivienda que quiera realizar el ejercicio de la actividad de alojamiento turístico deberá obtener previamente la aprobación expresa de la comunidad de propietarios.
A.- DISTINTIVOS-PLACAS:
B.- HOJAS DE RELAMACIONES:
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Obtener Carta de Pago
(Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Justificante del pago de la TASA T330 cuando al titular del alojamiento no le sea aplicable la exención contemplada en la Disposición adicional decimocuarta del Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, modificado por el artículo 59 de la Ley 1/2020, de 23 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A PRESID.PORT.Y ACCION EXTER.CAR |