Autorización y/o modificación de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias (código 1907) (SIA 207414)

Información Básica

Objeto:

Autorización y funcionamiento de los centros docentes privados, así como la modificación de la autorización de los mismos, siempre que reúnan los requisitos mínimos legalmente establecidos para la impartición de cada de las enseñanzas no universitarias, según la normativa de referencia.

Información de Interés

1. Las enseñanzas que se pueden autorizar son:

  • Educación Infantil 1er ciclo (0-3 años)
  • Educación Infantil 2do ciclo (3-6 años)
  • Educación Primaria
  • Educación Secundaria Obligatoria
  • Bachillerato
  • Formación Profesional (Básica, Grado Medio y  Superior)
  • Educación de Adultos

2. Los  centros privados autorizados serán inscritos en un registro público dependiente de la Administración educativa competente, que deberá dar traslado de los asientos registrales al Ministerio de Educación, en el plazo máximo de un mes.

3. Los titulares de los centros  deberán  comunicar a la Administración educativa competente  cualquier variación en los elementos y circunstancias que dieron lugar a la autorización.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Personas físicas o jurídicas titulares de centros docentes de carácter privado que reúnan los requisitos establecidos por la legislación vigente.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS EDUCATIVOS E INFRAESTRUCTURAS (A14028757)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Podrán solicitar la autorización y funcionamiento de un centro docente privado así como su modificación:

  • Toda persona física o jurídica titular como titular del centro que reuna los requisitos establecidos por la normativa vigente.
  • El centro debe disponer de proyecto básico de construcción, visado por el colegio profesional competente, en el caso de que sea precisa la realización de obras de construcción.  
  • Cuando se trate de  inmuebles ya construidos, los planos con las instalaciones disponibles, indicando dimensiones, uso y destino de las mismas, visado por el colegio profesional correspondiente.

En el caso de realizar una consulta previa no será necesario que el proyecto básico de construcción esté visado

Requisitos posteriores

Los Centros deberán cumplir los requisitos sobre instalaciones y personal docente establecidos en la normativa que regula cada una de las enseñanzas

Documentos a aportar junto con la solicitud

Autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias
  • Proyecto
    (Obligatorio / Original)
    -Proyecto básico de construcción, redactado por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente, en el caso de que sea preciso la realización de obras de construcción de Centro/s.
  • Plano
    (Obligatorio / Original)
    -Un juego de planos de las instalaciones, en el caso de inmuebles ya construidos, a escala 1/100, con indicación de dimensiones, uso y destino de las mismas, redactado por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente.
  • Plano
    (Obligatorio / Original)
    -Un juego de planos de situación de todo el recinto escolar en el entorno urbano en que se encuentra
  • Certificado de dirección de obra
    (Obligatorio / Original)
    -Certificado de obra finalizada del Arquitecto-Director de la misma, en su caso.
  • Declaración jurada
    (Obligatorio / Original)
    -Si el titular del Centro es persona física, declaración jurada de los siguientes extremos; que no presta servicio en la Administración educativa estatal, autonómica o local, que no está inhabilitado para ser titular de un Centro docente por sentencia judicial firme, y que carece de antecedentes penales por delito doloso.
  • Declaración jurada
    (Obligatorio / Original)
    -Si el titular es persona jurídica, declaración jurada individual de las personas que desempeñan los cargos rectores o son titulares del 20% o más del capital social no incurren en las prohibiciones enumeradas en el punto anterior. En este caso, además, deberá presentarse fotocopia compulsada del documento acreditativo de constitución de la entidad, (escritura pública, estatutos, etc.) y documento en el que se recoja quiénes ostentan la representatividad de la entidad; así como fotocopia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal.
  • Acreditación
    (Obligatorio / No original)
    - Título de propiedad de los inmuebles en que se ubicará el Centro (escritura de propiedad o documento de cesión del inmueble afectado), o título jurídico que faculte para su uso (contrato de arrendamiento en el que deberá constar que se destina a centro educativo).
  • Certificación
    (Obligatorio / Original)
    Certificado emitido por técnico competente de que el centro reúne las condiciones higiénicas, acústicas de habitabilidad, de seguridad y normativa vigente, visado por el colegio profesional correspondiente.
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / Original)
    Relación del personal que dispondrá el centro, con indicación de sus titulaciones y justificación documental (o compromiso de aportar dicha relación antes del inicio de las actividades educativas).

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición SECRETARIO/A GENERAL EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia