Dictar instrucciones sobre el proceso ordinario de admisión y matriculación de alumnos en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Región de Murcia, para cursar las enseñanzas de idiomas de régimen especial.
Condiciones generales de acceso y admisión a las enseñanzas
Presentación de solicitudes de admisión:
Se realizará una solicitud para cada idioma. En cada solicitud se seleccionará un único idioma, nivel, curso y, tantas sedes y turnos como el aspirante quiera, en orden de preferencia, conforme a la oferta de cada sede que se hará pública en los tablones y medios electrónicos a disposición de cada Escuela Oficial de Idiomas antes del inicio del plazo de presentación de solicitudes de admisión.
No será necesario aportar la documentación justificativa de la identidad (con la excepción de los solicitantes poseedores de Pasaporte, que deberán adjuntarlo en todos los casos), discapacidad, condición de demandante de empleo o título de familia numerosa del aspirante expedido por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que el solicitante se oponga expresamente a que la Administración consulte o recabe electrónicamente los datos o documentos exigidos. En tal caso, lo manifestará expresamente marcando la casilla correspondiente en el formulario y quedará obligado a aportar el documento acreditativo correspondiente.
Al finalizar la inscripción, la aplicación informática generará un documento denominado “Solicitud” –con un identificador (ID), que el interesado deberá conservar como justificante de presentación de la misma.
Si el solicitante apreciase algún error en las peticiones formuladas, podrá realizar, dentro del plazo de presentación de solicitudes, una nueva instancia (anulando la anterior en el proceso de inserción de la nueva).
Derecho de preferencia.
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL Y EDUCACIÓN PER (A14046233)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO |