Las Entidades Locales de la Región tienen el deber de remitir al órgano competente de la Administración Regional en materia de régimen local (Dirección General de Administración Local), en el plazo de seis días, copia o, en su caso, extracto comprensivo de los actos y acuerdos de las mismas.
El envío por las Entidades Locales de las copias o, en su caso, el extracto comprensivo de los actos y/o acuerdos que adopten las mismas y de la documentación que los acompañe, para su supervisión por la Dirección General de Administración Local.
Una vez recibida la documentación, efectuado el seguimiento y la supervisión de los actos y/o acuerdos de las Entidades Locales:
1º. Se emite un informe de toma de conocimiento si el acto o acuerdo es conforme al ordenamiento jurídico.
2º. Se requiere a las Entidades Locales copia del expediente o justificación de un determinado extremo, en caso de apreciarse una posible infracción del ordenamiento jurídico, emitiéndose informe tras su estudio.
3º. Resuelve el/la Director/a General de Administración Local de conformidad con el informe.
Ayuntamientos y otras Entidades Locales de la Región.
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL (A14036685)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |