Autorización excepcional de usos y/o construcciones en suelo no urbanizable y urbanizable sin sectorizar (código 208) (SIA 206612)

Información Básica

Objeto:

Autorizar y/o informar usos excepcionales en suelo no urbanizable y urbanizable sin sectorizar.

El procedimiento, conforme señala el art. 104 de la Ley 13/2015, comprende las siguientes fases:

1. La tramitación se inicia ante el Ayuntamiento, donde el interesado presentará la solicitud y la documentación necesaria.

2. El Ayuntamiento lo someterá a información pública y remitirá el expediente completo debidamente informado a la Comunidad Autónoma.

3. La CARM solicitará los informes necesarios y resolverá el expediente.

 

Información de Interés

La solicitudes de iniciación por los promotores de la actuación solicitada se presentarán necesariamente en los Ayuntamientos correspondientes.

Los Ayuntamientos, en el momento oportuno, remitiran el expediente a esta Administración autonómica.

Destinatarios:

Ciudadanía y Administración.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.

Si el acto no fuera expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ARQUITECTURA (A14028861)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Para la autorización excepcional de uso en suelo no urbanizable o, en su caso, en suelo urbanizable no sectorizado, por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, el artículo 104 de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia, establece que se seguirá el siguiente procedimiento:

1º. La solicitud se presentará en el Ayuntamiento correspondiente, acompañada de la documentación necesaria para justificar el cumplimiento de los requisitos fijados para cada caso.

2º. El ayuntamiento lo someterá a exposición pública como mínimo durante veinte días en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, finalizada la cual remitirá el expediente completo, debidamente informado por la corporación, a la Comunidad Autónoma, que recabará los informes necesarios para su justificación.

3º.  La autorización por interés público de usos y edificaciones en suelo no urbanizable estará gravada con un canon por uso excepcional en cuantía del 1% del presupuesto de ejecución material, excepto aquellos supuestos de titularidad o utilidad pública declarada.

El interesado deberá adjuntar a su solicitud la información técnica necesaria a nivel de anteproyecto que incluirá la siguiente documentación:

Memoria: describiendo la actividad y superfecies que afectan a la actuación, justificación de la ubicación, acreditación de la disponibilidad de los terrenos, solución de las infraestructuras necesarias para el funcionamiento, cumplimiento de la normativa urbanística municipal, de las Directrices y Plan del Suelo Industrial y de las Directrices del Litoral, siutación legal de las construcciones existentes, en su caso;  y estudido de paisaje.

Planos de situación (escala 1/5000), de la calificación urbanística de la parcela, de la ordenación interior de la parcela, de planta y secciones de las construcciones a nivel de anteproyecto.

Presupuesto de Ejecución Material, inversión global y cuantificación de los puestos de trabajo.

Presupuesto de Ejecución Material (PEM): referido a a la edificaciones y construcciones.

Requisitos posteriores

Una vez terminada la fase municipal, el Ayuntamiento remitirá el expediente completo e informado a la Comunidad Autónoma.

La Comunidad Autónoma comprobará el cumplimiento de la normativa y solicitará informes a los organismos afectados por razón de la materia.

Subsanadas las deficiencias y recibidos los informes sectoriales, la Comunidad Autónoma resolverá sobre su autorización.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de Autorización Excepcional de uso en Suelo No Urbanizabla y Urbanizable Sin Sectorirzar
  • Solicitud
    (Obligatorio / No original)
    Solicitud del interesado con registro de entrada en el Ayuntamiento
  • Memoria
    (Obligatorio / No original)
    Memoria del Proyecto de la actuación que se solicita
  • Acuerdo
    (Obligatorio / No original)
    Certificado de Acuerdo del órgano municipal competente
  • Publicación
    (Obligatorio / No original)
    Publicación de información pública en el BORM
  • Certificación
    (Obligatorio / No original)
    Certificado de si han habido o no alegaciones durante el plazo de exposición pública.

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

  • T440. Tasa por Actuaciones e informes en materia de urbanismo
    H00004 - Por la tramitación administrativa de las autor.suelo no urba
  • T440. Tasa por Actuaciones e informes en materia de urbanismo
    H00003 - Por las autorizaciones excepc. en Suelo Urbanizable.P.E.M

La Tasa por la tramitación administrativa del procedimiento así como el Canon por la autorización se liquidarán y notificarán junto con la Orden de autorización, en su caso.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 4 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. DG de Transformación Digital. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia