Acceder a la información y a la solicitud de admisión a las pruebas selectivas para el ingreso en la Función Pública Regional en el ámbito de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios (excluidas las correspondientes al Servicio Murciano de Salud y al Personal Docente).
- Se puede consultar toda la información en la siguiente dirección:
http://empleopublico.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=119&IDTIPO=180
- El plazo de presentación de instancias será el establecido en cada convocatoria.
- Las vías existentes para liquidar la tasa son las que se recogen en el Anexo que lleva incorporado cada convocatoria en su punto 3
El abono de la tasa podrá hacerse a través de una de las siguientes vías:
Ciudadanos y empleados públicos que cumplan los requisitos de las convocatorias derivadas de las Ofertas de Empleo Público y de los Decretos de Promoción Profesional.
Empleados Públicos de la Función Pública Regional en el ámbito de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios (excluida la correspondiente al Servicio Murciano de Salud y al personal docente), para promoción profesional.
REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA (A14028737)
Poseer la titulación académica y demás requisitos exigidos para cada convocatoria.
Cumplimentar la solicitud en el plazo reglamentario.
Abono de la Tasa T110.
Si realiza la solicitud sin certificado digital tenga en cuenta que deberá presentar necesariamente una copia de la solicitud firmada y el justificante de abono de la tasa en cualquiera de los registros establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en cada convocatoria. Recuerden que en este supuesto la firma de la solicitud ha de estar manuscrita.
Cuando realiza la presentación de su solicitud sin certificado digital, al finalizar la cumplimentación del formulario deberá imprimir las copias de la instancia que le sean necesarias y firmarlas. Puede necesitar:
- Una copia para la entidad bancaria si va a realizar el abono de la tasa por Ingreso en una de las Entidades Colaboradoras señaladas más adelante.
- Una copia para el Registro.
- Una copia para el Interesado.
En este caso, deberá presentar necesariamente una copia de la solicitud firmada, así como el recibo del abono de la tasa (T110), en su caso, en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
- Registros electrónicos de las Administraciones Publicas
- Oficinas de Correos, en la forma reglamentariamente establecida
- Oficinas de asistencia en materia de registros, como las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (antes llamadas Ventanillas únicas).
En las copias de su solicitud encontrará el código N28 con la autoliquidación de la tasa para su abono.
Forma de inicio: Por el interesado
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |