Convocar subvenciones financiadas en un 60% por el FSE+, y en un 40% por fondos propios, en el marco del Programa FSE+ 2021-2027 de la Región de Murcia, en régimen de concurrencia competitiva y mediante el procedimiento de tramitación anticipada, dirigidas a entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de Itinerarios de Inserción socio-laboral y otras acciones complementarias a través del Programa 1: Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social.
Para consultar la Resolución de convocatoria puede acceder a la Base Nacional de Subvenciones en el siguiente enlace:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/736083
INFORMACIÓN ADICIONAL TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
¿Quién es el responsable del tratamiento de sus datos?:
Datos de contacto del Responsable de Protección de Datos.: Dirección Gerencial del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS)
GEAS-IMAS@listas.carm.es
Datos de contacto del Responsable del Tratamiento de Datos: Inspección General de Servicios dpfigs@carm.listas.es
¿Quién es el Delegado de Protección de Datos del IMAS?
Es la entidad que asume las funciones de garante del cumplimiento de la normativa de protección de datos en una organización.
En el IMAS, por Resolución de 8/10/2018 de la Directora Gerente del IMAS se ha designado a la entidad CENTRO REGIONAL DE SERVICIOS AVANZADOS S.A. como Delegado de Protección de Datos.
Para ponerse en contacto con el mismo puede acceder a dpd.imas@carm.es
En el caso de los participantes en los proyectos, el responsable del tratamiento de sus datos es la Dirección General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión, en calidad de Órgano Gestor, y la entidad designada, por el Consejo de Gobierno, como Delegado de Protección de Datos ha sido la INSPECCION GENERAL DE SERVICIOS.
Para ponerse en contacto con la misma puede acceder a dpdigs@listas.carm.es
¿Cuál es la finalidad del tratamiento de sus datos?.:
La finalidad del tratamiento de sus datos de carácter personal será la necesaria para la gestión administrativa y tramitación del procedimiento, seguimiento, evaluación, realización de informes y auditoría para el/los que se soliciten sus datos, del Programa 1: Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social, de la Subvención dirigida a entidades del tercer sector para el desarrollo de programas de activación de la empleabilidad.
La conservación de estos datos estará a lo dispuesto en el artículo 82 del Reglamento (UE) 2021/1060, que establece un plazo de cinco años a partir del 31 de diciembre del año en que la autoridad de gestión efectúe el último pago al beneficiario, o en todo caso hasta que el interesado no se oponga y durante los plazos de prescripción necesarios en función de la legislación aplicable para atender a futuras responsabilidades.
La finalidad del tratamiento de sus datos de carácter personal será la necesaria para el seguimiento, la evaluación, la gestión financiera, la elaboración de perfiles, la verificación y auditoria de las operaciones cofinanciadas por el Programa FSE+ 2021-2027 de la Región de Murcia.
La conservación de estos datos estará a lo dispuesto en el artículo 82 del Reglamento (UE) 2021/1060, que establece un plazo de cinco años a partir del 31 de diciembre del año en que la autoridad de gestión efectúe el último pago al beneficiario, o en todo caso hasta que el interesado no se oponga y durante los plazos de prescripción necesarios en función de la legislación aplicable para atender a futuras responsabilidades.
Los datos que se recaben serán tratados para elaborar los indicadores de ejecución y resultados recogidos en el Anexo I del Reglamento (UE) 2021/1057 y se deberán conservar durante un plazo de cinco años a partir del 31 de diciembre del año en que la autoridad de gestión efectúe el último pago al beneficiario, de acuerdo con lo regulado en el Artículo 82 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021.
La elaboración de estos perfiles y demás estadísticas tienen su fundamento en el ejercicio por la Administración de poderes públicos con la finalidad de desarrollar políticas públicas basadas en el conocimiento de las necesidades de los destinatarios de los proyectos con el fin de adecuar el contenido y las acciones de los proyectos a las mismas, así como para poder realizar la evaluación de los resultados obtenidos con los proyectos ya ejecutados, en aras de la eficacia y eficiencia de los mismos.
Legitimación del tratamiento de los datos:
La legitimación del tratamiento de sus datos se basa en el cumplimiento de la obligación legal, prevista en las siguientes leyes:
Cuyo cumplimiento es necesario para la gestión del Programa 1: Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social, de la Subvención dirigida a entidades del tercer sector para el desarrollo de programas de activación de la empleabilidad.
Además de estas:
Cumplimiento de las obligaciones derivadas del derecho de la Unión Europea, del Ordenamiento Jurídico Español y de la Región de Murcia, según artículo 6.1c) del Reglamento 2016/679.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos digitales.
Orden de 30 de noviembre de 2022 de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a Entidades del Tercer Sector, para el desarrollo de programas de activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabilidad social (BORM nº 283 de 9/12/2022), y la resolución de convocatoria.
En relación con el artículo 6.1c) del Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, cumplimiento de las obligaciones legales derivadas del artículo 72 del Reglamento (UE) 2021/1060 y artículo 17 del Reglamento (UE) 2021/1057.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos digitales.
Los datos recabados a los participantes en los programas tienen su legitimación en la obligación Legal para el responsable en base al Reglamento del (UE) nº 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 en su Anexo I, y los artículos 42,43,44 y 45 del Reglamento (UE) nº 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, que impone a la Autoridad de Gestión del Programa FSE+ 2021-2027 de la Región de Murcia, un informe final de rendimiento y llevar a cabo evaluaciones de los programas con el fin de mejorar la calidad del diseño y la ejecución de los programas, para lo cual es imprescindible la recogida de datos.
Dicha normativa comunitaria obliga a la recogida de datos de los participantes para el seguimiento, la evaluación, la gestión financiera, la verificación y auditoría, de acuerdo con los indicadores recogidos en el mencionado Anexo I del Reglamento (UE) Nº 2021/1057, y aconseja que dichos datos sean facilitados por los participantes en el momento de incorporarse al programa, no pudiendo estos ser considerados participantes si este no está específicamente definido de acuerdo a los parámetros y categorías de datos definidos en el Anexo I anteriormente mencionado.
Destinatarios de cesiones o transferencias:
Los datos podrán ser comunicados a los siguientes Organismos y Autoridades: Dirección General de Presupuestos y Fondos europeos, para su tratamiento en calidad de Organismo Intermedio del Programa FSE+ 2021-2027 de la Región de Murcia, UAFSE Unidad Administradora del Fondo Social Europeo (Autoridad de Gestión y Autoridad de Certificación), Comisión Europea, Autoridad de Auditoria del FSE, Tribunal de Cuentas Europeo o empresas adjudicatarias contratadas por estos organismos, para ser objeto de verificación, auditoría, revisión y evaluación.
Derechos de las personas interesadas:
El solicitante de la subvención, los trabajadores de los programas y los participantes en los mismos tienen derecho a
El interesado podrá dirigirse al IMAS con el fin de ejercitar sus derechos a obtener confirmación sobre si en la Comunidad Autónoma estamos tratando sus datos personales, así como al acceso a los mismos, solicitar su rectificación si estos son inexactos, o en su caso solicitar su supresión cuando los datos no sean necesarios para los fines que fueron recogidos. En determinadas circunstancias y por motivos relacionados con su situación particular los interesados podrán oponerse al tratamiento de sus datos, en este caso la Comunidad Autónoma dejará de tratar sus datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.Ejercicio de los derechos en materia de protección de datos personales (código 2736)
En el caso de los solicitantes de las subvenciones y/o trabajadores de los programas, para el ejercicio de sus derechos, (Artículo 12 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales), puede presentar una solicitud, en la sede electrónica de la Administración Publica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia según modelo de instancia contenido en la Guía de Procedimientos y servicios del IMAS, en el código de procedimiento 2751. Ejercicio de los derechos en materia de protección de datos personales (código 2736)
En el caso de ser participante en un proyecto, puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad a través de los siguientes medios:
http://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=62678&IDTIPO=100&RASTRO=c672$m
Así mismo tiene derecho a reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos: C/ Jorge Juan, 6, 28001 MADRID: Sede Electrónica - Agencia Española de Protección de Datos (sedeagpd.gob.es)
El ejercicio de estos derechos puede ponerse de manifiesto a través de la sede electrónica de la CARM, indicando el procedimiento nº 2180 o en el registro General de la CARM, en el caso de los participantes. En todo caso, el interesado deberá acreditar su identidad para poder hacerlo, teniendo en cuenta que la supresión de sus datos en el caso de ser participante en los programas pudiera dar lugar a no ser considerado como tal.
Por otra parte el interesado tiene la posibilidad de presentar una reclamación ante la Autoridad de Control en materia de Protección de Datos competente, especialmente cuando no haya obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, y puede ponerse en contacto con ella a través del siguiente enlace: dpd.imas@carm.es si se trata de solicitantes y/o trabajadores de los programas o en el enlace dpdigs@listas.carm.es si se trata de los participantes en los programas, mediante el formulario Ejerce tus derechos
Procedencia de los datos:
Los datos personales que tratamos, proceden directamente de usted o de las bases de datos de la propia Comunidad Autónoma y/u otras administraciones públicas.
Entidades del Tercer Sector, en cuyo objeto o fin social se incluya la atención de personas en situación de vulnerabilidad, riesgo o exclusión social y que desarrollen su actividad en la Región de Murcia.
D.G.PENSIONES,VALORACIONES.Y PROGRAMAS DE INCLUSION (A14013940)
No estar incursas en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social, así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
Estar autorizada por el Registro Regional de Entidades, Centros y Servicios Sociales, para la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social.
Tener implantación en la Región de Murcia, contando con estructura y capacidad económica y financiera suficiente para garantizar la ejecución de las actuaciones previstas en el proyecto presentado, entendiéndose como tal contar con un presupuesto ejecutado en el ejercicio precedente igual o superior a la mitad del importe total que se haya solicitado en esta convocatoria de subvenciones para los programas 1: Activación de la empleabilidad de personas en situación de vulnerabiliad social.
No haber sido objeto de sanción de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los proyectos presentados deberán alcanzar la puntuación mínima de 60 puntos y se derivará de la aplicación de los criterios establecidos en el artículo 14 de la Orden de Bases y en el Artículo 12 de la Resolución de convocatoria.
Serán condiciones:
El número de subvenciones a solicitar por una misma entidad no podrá exceder de tres.
Que la necesidad no este cubierta por la Administración Regional o por otras Administraciones o entidades en el territorio o ámbito donde se desarrolle el proyecto, ni pueda quedar cubierta con otro/s proyecto/s que concurran a la convocatoria y obtengan mayor puntuación, tras la aplicación de los criterios de valoración.
Que el proyecto se desarrolle dentro del periodo comprendido entre el 1 de abril de 2024 y el 31 de diciembre de 2025.
Que la entidad asuma el compromiso a que se refiere el apartado VI del Código de Conducta en materia de Subvenciones y Ayudas Públicas en la Región de Murcia, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 29 de diciembre de 2021, (BORM nº 23 de 29 de enero de 2022).
Presentar la solicitud en el marco de una de las siguientes tipologías de proyectos:
Proyectos institucionales: Se desarrollan en el ámbito de una institución con normas propias de funcionamiento que condicionan el desarrollo de las acciones del itinerario recogidas en el artículo 8 de la convocatoria.
Proyectos de un territorio o ámbito de actuación: Se desarrollan en un único dispositivo, con carácter territorial o en el marco específico de atención de un colectivo.
Proyectos de dos territorios: Se desarrollan, de forma simultanea, en dos sedes habilitadas para ello, donde se realizan sus actuaciones todos los días, existiendo dos grupos de participantes diferenciados.
Proyectos comarcales: El proyecto se desarrolla en una sede central, desde la que se desplazan los profesionales a otros dispositivos, situados en otros municipios y/o pedanías, al menos un día a la semana.
El importe del proyecto a solicitar no podrá exceder de las siguientes limitaciones dependiendo de la tipología de proyecto:
PROYECTO INSTITUCIONAL (Cuantía máxima a solicitar 150.000,00 € para un proyecto de 21 meses de duración o la parte proporcional en caso de duración inferior.) | |
PROYECTO UN TERRITORIO O AMBITO DE ACTUACIÓN. (Cuantía máxima a solicitar 195.000,00 € para un proyecto de 21 meses de duración o la parte proporcional en caso de duración inferior.) | |
PROYECTO DE DOS TERRITORIOS (Cuantía máxima a solicitar 229.000,00 € para un proyecto de 21 meses de duración o la parte proporcional en caso de duración inferior.) | |
PROYECTO COMARCAL (Cuantía máxima a solicitar 268.000,00 € para un proyecto de 21 meses de duración o la parte proporcional en caso de duración inferior.)
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Los proyectos que se desarrollen en una Institución o en un Único Territorio o Ámbito de Actuación deberán atender a un número mínimo de 90 participantes, los que se desarrollen en Dos Territorios, 115 participantes (El 40% de los participantes deben ser atendidos en la segunda sede), y los que tengan carácter Comarcal al menos a 121 participantes en total (El 40% de los participantes deben ser atendidos en las distintas sedes territoriales).
El número mínimo de participantes podrá verse reducido en 10, en el caso de los proyectos de nueva implantación, precisando en este caso, la valoración favorable de la Comisión de Evaluación o cuando sea autorizado por el Órgano Gestor con posterioridad a la concesión, previa petición y adecuada justificación, por parte de la entidad, de las circunstancias excepcionales y ajenas causantes de la demanda
El proceso de activación de la empleabilidad, de las personas que participen en los proyectos, se concretará en la realización de un Itinerario Individualizado de Inclusión Activa, que consistirá en la realización de actuaciones dirigidas a la mejora competencial de la persona según sean sus necesidades. De forma transversal se realizará un Acompañamiento Integral Técnico y Actuaciones Complementarias que cada persona precise para motivar su participación.
Para el diseño del itinerario de cada una de las personas participantes, los contenidos se distribuyen en tres Áreas cuyas actuaciones se recogen en el artículo 8 de la Resolución de convocatoria.
Cada persona que participe en un proyecto de 21 meses de duración, deberá haber realizado un Itinerario que contenga, al menos 115 horas de la formación recogida en el Área de Mejora Competencial de la Persona, 93 horas de las actuaciones incluidas en el Área de Acompañamiento Integral Técnico y 70 horas de actuaciones de las que conforman el Área Complementaria. En caso de que la persona participe en un proyecto que sea de duración inferior, se aplicará la reducción proporcional de las mismas ajustada al número más próximo que permita la realización de jornadas de 4 horas de duración y de acuerdo al Anexo 7: “Duración del IIIA según permanencia en el proyecto”.
Atendiendo a las características y/o las necesidades de alguna de las personas destinatarias del proyecto, la entidad podrá determinar un coeficiente corrector, de hasta el 25% de las horas determinadas en una, en dos o en las tres áreas que conforman el Itinerario, para un máximo del 25% de las personas participantes en el proyecto. Dicho coeficiente corrector deberá quedar recogido en el Registro de Actuaciones y Participantes a nivel individual.
Las acciones formativas que se realicen en el “Ámbito Sociolaboral” y el Ámbito Prelaboral” del “Área de Mejora Competencial de la Persona”, se realizarán con formato de módulos presenciales de al menos 24 horas de duración, de forma grupal y su asistencia deberá estar becada. En la configuración de cada módulo podrán incluirse contenidos de los dos ámbitos, en cuyo caso se denominará Ámbito Combinado.
La percepción de la beca, en estos tres Ámbitos", estará condicionada a la finalización, por parte de la persona participante, del módulo formativo de que se trate, independientemente de si esta hubiera o no superado los contenidos.
Las acciones formativas del Ámbito de Formación Profesional para el Empleo, se realizarán con formato de módulos presenciales, de contenidos equivalentes y asimilados a los recogidos en el Catálogo Nacional de Cualificaciones para un módulo y/o unidades de competencia del certificado de profesionalidad del que se trate. De igual forma se asimilará la duración de cada módulo a la recogida en dicho catálogo para ese módulo/unidad competencial. El número de acciones formativas en este ámbito que deberá realizarse para cada tipología de proyecto, viene determinado en el Anexo 1 de la Resolución de la convocatoria. Y el número mínimo de personas necesarias para el inicio de cada módulo/unidad competencial será de 15, con excepción de los módulos de prácticas en empresas y su asistencia deberá estar becada.
La entidad deberá comprometerse a mantener la coordinación necesaria con los Servicios Sociales Públicos para posibilitar que, al menos un 20% de las personas participantes sean beneficiarias de la Renta Básica de inserción o Ayuda Periódica de Inserción y Protección Social (Aplicación artículo 50 del Decreto nº 163/201, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 3/2007, de 16 de marzo, de Renta Básica de Inserción de la Comunidad Autónoma de Murcia.
Durante el periodo de ejecución del proyecto, el equipo técnico deberá estar formado, en todo caso, por un/a Orientador/a Laboral y un/a Trabajador/a Social al menos al 75% de una jornada laboral completa, sin perjuicio de las posibles bajas que pudieran producirse o por solicitud de permisos del trabajador/a. Para el resto de profesionales, excepto el personal docente o formador, la dedicación deberá ser de al menos un 50% de una jornada laboral completa sin perjuicio de las posibles bajas que pudieran producirse.
La jornada laboral de las dos figuras principales (Orientador/a Laboral y Trabajador/a Social), y del resto de profesionales que conformen el equipo técnico del proyecto, excepto los docentes, únicamente podrá sufrir modificaciones para ser ampliada al 100%.
Los gastos subvencionables para el desarrollo de los proyectos se determinan en el artículo 5 de la Orden de Bases y de la Resolución de convocatoria y se clasifican en tres categorías: Gastos Directos de personal, Becas de asistencia de las personas participantes y Otros Gastos del proyecto, considerándose como tales aquellos que son necesarios para el desarrollo del mismo y tienen conexión con las actuaciones subvencionadas. La modalidad de subvención para cada una de las categorías de estos gastos será la contemplada en el artículo 53 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 de Disposiciones Comunes, apartado 1a, 1b y 1d respectivamente.
El método para determinar los costes subvencionables es el previsto en el Artículo 56 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 de Disposiciones Comunes, utilizandose un tipo fijo sobre los costes directos de personal para financiar el resto de los costes subvencionables del proyecto, en función de su tipología:
Tipo de proyecto | Método de cálculo de costes subvencionables |
Institucional | Costes directos de personal + 14% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto |
Un territorio o ámbito de actuación | Costes directos de personal + 18% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto |
Dos territorios | Costes directos de personal + 20% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto |
Comarcales | Costes directos de personal + 23% de los costes directos de personal para otros gastos del proyecto |
Para colaboraciones técnicas el importe subvencionable se establece en 30€ por hora.
Para becas de asistencia el importe subvencionable se establece en 9 € para al menos 4 horas de formación diaria (o la parte proporcional si esta fuese inferior).
Las subvenciones que se otorguen podrán atender total o parcialmente el importe del programa en función del crédito disponible y del orden de prelación resultante tras la aplicación de los criterios de valoración.
En todo caso, las subvenciones se concederán en función de los créditos disponibles para estas acciones, por lo que además de la concurrencia de las condiciones y requisitos previstos será necesario que la solicitud pueda ser atendida teniendo en cuenta las dotaciones presupuestarias existentes.
Las subvenciones serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos, o recursos para la misma finalidad, excepto las concedidas por la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la realización del mismo proyecto.
Las personas participantes en los proyectos deberán contar con la acreditación de su situación social emitida por un/a trabajador/a social de los Servicios Sociales Públicos competentes de acuerdo al modelo de "Acreditación social" y las instrucciones para su cumplimentación.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Entrega de documentos mediante la referencia del Sistema de Petición de Documentos (PETIDOC)
Los beneficiarios deben aportar la documentación establecida para ello en la Resolución de convocatoria (artículo 25 de la Orden de las bases reguladoras).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A POL.SOCIAL, FAMILIAS E IGUALD. |