Autorizar la provisión temporal de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional, ya sea de la misma o distinta subescala, destinados en la Región de Murcia para prestar servicios en puestos reservados en las Entidades Locales durante el plazo máximo de un año prorrogable por otro igual cuando no hubiese sido posible efectuar un nombramiento provisional, posibilidad que debe quedar suficientemente acreditada en el expediente.
Los órganos competentes de las Comunidades Autónomas podrán conceder comisiones de servicios a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, ya sea de la misma o distinta subescala, destinados en su propio territorio, para prestar servicios dentro de éste, a puestos a ellos reservados en las Entidades Locales, durante el plazo máximo de un año, prorrogable por otro igual, cuando no hubiese sido posible efectuar un nombramiento provisional, imposibilidad que ha debido quedar lo suficientemente acreditada en el expediente.
Ayuntamientos y personal funcionario con Habilitación de Carácter Nacional.
Contra la resolución, los interesados en el expediente que no sean Administración Pública podrán interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería competente por razón de la materia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al recibo de la notificación, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente. Por su parte, el Ayuntamiento podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Murcia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo ante esta Dirección General en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL (A14036685)
Sin perjuicio de que pueda requerirse documentación adicional, será necesaria la presentación de:
- Solicitud de comisión de servicios suscrita por el órgano competente de la Entidad local donde radique el puesto de trabajo cuya provisión temporal se pretende.
- Conformidad del órgano competente de la Entidad local donde el personal funcionario se encuentra prestando servicios.
- Conformidad de la persona cuyo nombramiento se propone.
- Certificado del resultado de la exposición pública efectuada para la cobertura del puesto.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A ECO.HAC.FONDO EUR. Y ADMON.DIG |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |