Subvenciones destinadas a realizar acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados (modalidad 2 de formación) (código 2242) (SIA 201867)

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Información Básica

Objeto:

Realizar acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados y establecer las medidas de apoyo a la formación vinculadas a aquellas. Se establecen dos convocatorias.

1.- Convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas, correspondientes a la formación de oferta dirigida a personas trabajadoras desempleadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2022.

2.- Convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas, en competencias digitales básicas correspondientes a la formación de oferta dirigida a mujeres prioritariamente desempleadas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Objetivo CID 292) y en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2022.

 

 

 

Información de Interés

1.- La convocatoria de acciones formativas personas desempleadas contiene los siguientes Programas de Formación:

a) Programa 1. Acciones formativas dirigidas a personas trabajadoras desempleadas.

b) Programa 3. Acciones formativas dirigidas a personas con discapacidad, adaptadas a sus necesidades, con el fin de mejorar la integración laboral y la cualificación profesional de las personas con discapacidades físicas, psíquicas y sensoriales, como colectivo con necesidades formativas especiales o con dificultades parasu inserción o recualificación profesional.

c) Programa 4. Acciones formativas dirigidas a personas trabajadoras desempleados con compromiso de contratación 

d) Programa 6. Acciones formativas adaptadas a las medidas de la Estrategia  de Reactivación para el empleo de Calidad de la Región de Murcia. Para ello se establecen dos subprogramas:

  • Subprograma 1. Serán subvencionables las acciones de formación que puedan contribuir a alcanzar los objetivos planteados en la Estrategia mencionada en materia de igualdad de género, transición ecológica, y cohesión social y territorial y que estén incluidas en el anexo I.2.1 de esta convocatoria.
  • Subprograma 2. Programa formativo “Transición digital”, cuyo fin es el impulso de la transformación digital, garantizando el acceso a la formación dirigida a la capacitación digital de la población. Serán subvencionables las acciones de formación dirigidas a cubrir las necesidades de adquisición de competencias tecnológicas o digitales básicas y/o avanzadas, incluidas en el anexo I.2.2 de esta convocatoria.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR:

La solicitud, deberá ser registrada en la aplicación GEFE. Si una vez registrada la solicitud, fuese necesario incluir nueva documentación dentro del plazo de presentación, esta se podrá remitir a través del registro electrónico único disponible en la sede electrónica de la CARM (https://sede.carm.es), seleccionando el procedimiento 2242 - Subvenciones destinadas a realizar acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados (modalidad 2 de formación), en la sección Escrito de aportación de documentos. En todo caso, se estará a lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

PLAZO DE EJECUCIÓN.

1. El plazo para la ejecución de las acciones formativas finalizará el 31 de diciembre de 2023.

2. El módulo de formación práctica en centros de trabajo de las acciones formativas vinculadas a certificados de profesionalidad, así como los compromisos de prácticas profesionales no laborales de las acciones formativas no vinculadas a certificados de profesionalidad deberán realizarse, de igual forma, dentro del plazo indicado.

2.- Convocatoria de competencias digitáles básicas dirijida a mujeres desempleadas en el marco del Plan de Recuperación, Transformaciín y Resiliencia contiene un solo programa:

Programa 6, “Acciones formativas adaptadas a las medidas de la Estrategia de Reactivación para el Empleo de Calidad de la Región de Murcia 2021-2024”, subprograma 2 “Transición digital”, cuyo fin es el impulso de la transformación digital, garantizando el acceso a la formación dirigida a la capacitación digital de la población. Serán subvencionables las acciones de formación dirigidas a cubrir las necesidades de adquisición de competencias tecnológicas o digitales básicas.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

La solicitud, junto con el resto de documentación deberá ser registrada en la aplicación GEFE. Si una vez registrada la solicitud, fuese necesario incluir nueva documentación dentro del plazo de presentación, esta se podrá remitir a través del registro electrónico único disponible en la sede electrónica de la CARM (https://sede.carm.es), seleccionando el procedimiento 2242 - Subvenciones destinadas a realizar acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados (modalidad 2 de formación), en la sección – Escrito de aportación de documentos. En todo caso, se estará a lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

PLAZO DE EJECUCIÓN.

1.- El plazo para la ejecución de las acciones formativas finalizará el 31 de diciembre de 2022.

2.- El módulo de formación práctica en centros de trabajo de las acciones formativas vinculadas a certificados de profesionalidad, así como los compromisos de prácticas profesionales no laborales de las acciones formativas no vinculadas a certificados de profesionalidad deberán realizarse, de igual forma, dentro del plazo indicado.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades y Administración.

Podran se beneficiarias de la subvención, las Entidades de formación acreditadas y/o inscritas en el registro de entidades habilitado por la Administración pública competente. Podrán tener asimismo la condición de beneficiarias, las agrupaciones contempladas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, con presencia en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y EMPLEO
SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14036718)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Para poder ser beneficiario de las subvenciones objeto de esta convocatoria, el solicitante deberá cumplir los siguientes requisitos, además de los propios de cada modalidad y programa:

a. No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que estén suspendidas o garantizadas. Quedan exceptuadas de la obligación de acreditar este requisito, las administraciones públicas, así como los organismos, entidades públicas y fundaciones del sector público dependientes de aquellas.

b. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

c. Encontrarse al corriente de sus obligaciones frente a la Tesorería General de la Seguridad Social.

d. Cumplir los restantes requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para poder obtener la condición de beneficiario de la subvención.

Los expresados requisitos serán exigibles, en todo caso, en el momento en que el órgano instructor realice la propuesta de resolución de concesión, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11. b) de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y 14.1 de la Ley General de Subvenciones .

Requisitos posteriores

La justificación de la subvención se tramitará de conformidad con lo establecido en la presente convocatoria y lo previsto en el Capítulo III de Acreditación del gasto por módulos de la Resolución de 30 de septiembre de 2021 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la Instrucción sobre los procedimientos de justificación de las subvenciones concedidas en materia de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.

A los efectos previstos en el apartado anterior, el beneficiario justificará el cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en la resolución de concesión de la subvención mediante la acreditación por módulos, regulada en los artículos 76 a 79 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la resolución indicada en el punto anterior. Dicha justificación se hará a través del procedimiento 1423-Justificación económica de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas y otras actuaciones enmarcadas en la programación de oferta formativa para el empleo del Servicio Regional de Empleo y Formación.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Subvenciones Acciones Formativas modalidad 2
  • Memoria descriptiva
    (No obligatorio / No original)
    Anexo III.1 Memoria descriptiva del compromiso de contratación, que deberá incluir la siguiente información:Determinación de las necesidades formativas y características de los puestos a cubrir.Proceso de selección previo al de formación, en su caso.Perfiles de las personas a contratar.Númerode personas que se comprometen a contratar.Tipo de contrato a realizar y duración del mismo.Relación de empresas en las que se incorporarán los trabajadores para cumplir el compromiso adquirido.
  • Certificado
    (No obligatorio / No original)
    Común a ambas convocatorias Anexo II Certificado de ejecución de acciones formativas. No será necesario presentar esta documentación en el caso de expedientes subvencionados por el SEF.
  • Compromiso
    (No obligatorio / No original)
    Nombrado Anexo III.2 en la convocatoria de trabajadoras desempleadas. Compromiso de contratación de alumnos/as formados/as
  • Solicitud
    (No obligatorio / No original)
    Nombrado Anexo I en la convocatoria de competencias digitales básicas Nombrado Anexo IV en la convocatoria de trabajadoras desempleadas . Solicitud de inscripción de alumnado en acción formativa
  • Solicitud
    (No obligatorio / No original)
    Nombrado Anexo VI. convocatorias personas desempleadas. Solicitud de subcontratación. Programa 4 - Compromiso de contratación
  • Autorización
    (No obligatorio / No original)
    En el supuesto de que cualquiera de las especialidades solicitadas tenga como finalidad la obtención de carnés o licencias para el desempeño de una profesión, la Entidad de Formación deberá contar con la autorización de la Administración Pública competente que le habilite para su impartición.
  • Declaración responsable
    (No obligatorio / No original)
    Nombrado Anexo VII Convocatorias personas desempleadas. Declaración Responsable de la entidad subcontratada. Programa 4 - Compromiso de contratación
  • Documento de Compromiso
    (No obligatorio / No original)
    Nombrado Anexo III en la convocatoria de competencia digitales básicas Declaración de compromiso en relación a la cooperación para la protección de los intereses financieros de la Unión
  • Declaración
    (No obligatorio / No original)
    Nombrado Anexo IV en la convocatoria de competencia digitales básicas. Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR)
  • Declaración
    (No obligatorio / No original)
    Nombrado Anexo V convocatoria de competencias digitales básicas. Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR)
  • Acuerdo
    (No obligatorio / No original)
    Para la impartición de aquellas acciones formativas cuyo objetivo sea la adquisición por parte del alumno de un determinado nivel de los definidos por el Consejo de Europa en competencia lingüística (niveles MCERL) las programadas en modalidad bilingüe y aquellas otras que correspondan a certificados de profesionalidad que incluyan módulos formativos de idioma extranjero definidos en función de un determinado nivel MCERL que habrá de figurar detallado en el correspondiente real decreto que regula el certificado de profesionalidad; la Entidad de Formación deberá haber suscrito el correspondiente acuerdo con alguna de las Entidades Certificadores contempladas en el Anexo único del Decreto nº 43/2015, de 27 de marzo, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM Nº 74, de 31 de Marzo) modificado por Decreto n.º 207/2017, de 19 de julio (BORM Nº 168, de 22 de Julio). La impartición de todas estas acciones formativas deberá incorporar, en los términos del mencionado acuerdo, la realización de pruebas de certificación del nivel de competencia lingüística adquirido por el alumno y la correspondiente acreditación para los alumnos que las superen. La prueba se celebrará en un plazo no superior a 90 días desde la finalización de la acción formativa. En los certificados de profesionalidad la prueba de certificación se celebrará en un plazo no superior a 90 días desde la finalización del módulo de idioma. La realización de la prueba de acreditación será voluntaria para los alumnos y no determinará el resultado de la evaluación en el curso.
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • Subvenciones Acciones Formativas modalidad 2   [Fuera de plazo: 19-10-2022 – 11-01-2023]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar Información sobre tasas abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER
Información adicional sobre recursos
Contra la Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer Recurso de Alzada ante el Excmo. Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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