Devolución de ingresos indebidos de tributos propios y demás ingresos de derecho público (código 2277) (SIA 214289)

Información Básica

Objeto:

Devolver el importe del ingreso indebidamente efectuado y reconocido a favor del titular, en los siguientes casos:

- Duplicidad de pago.

- Cuando la cantidad pagada sea superior al importe a ingresar.

- Cuando se hayan ingresado cantidades después de haber transcurrido los plazos de prescripción.

- Anulación de deuda.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Los obligados tributarios y sujetos infractores que hubieran realizado ingresos indebidos en el Tesoro Público con ocasión del cumplimiento de sus obligaciones tributarias o del pago de sanciones, así como los sucesores de unos y otros.AVISO: Las solicitudes dirigidas a la Agencia Tributaria de la Región de Murcia deberán hacerlas en su propio procedimiento con número "1758-Devolución de ingresos indebidos de tributos propios, cedidos, tributos locales y demás ingresos de derecho público gestionado por delegación"

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

Consultar todas las unidades responsablesEste enlace se abrirá en una nueva ventana

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

- Identificación del solicitante.

- Identificación de la deuda respecto de la que se solicita la devolución.

- En caso de actuar en representación, debería aportar documentación que acredite la misma, que en su caso, deberá incluir poder especial para el cobro.

El plazo para solicitar la devolución será de 4 años computados en los términos del artículo 67 de la Ley 58/2003, es decir, desde que se produjo el ingreso indebido o desde el día siguiente a que adquiera firmeza la Sentencia o resolución de cuyo cumplimiento dimana la devolución del ingreso indebido.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Devolución de ingresos indebidos de tributos propios y demás ingresos de derecho público
  • Certificado
    (Obligatorio / Original)
    Documento acreditativo del pago del que se solicita la devolución (Recibo, autoliquidación, etc.)
  • Certificado de cuenta bancaria
    (Obligatorio / Original)
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación
    (No obligatorio / No original)
    En el supuesto de que actúe como representante deberá aportar escritura de apoderamiento o cualquier otro medio admitido en derecho

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Desestimatorio

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición Órgano que dictó el acto
Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Económico - Administrativo CONSEJERO/A ECO.HAC.FONDO EUR. Y ADMON.DIG
Información adicional sobre recursos
La resolución de devolución de ingresos podrá ser objeto de impugnación, por elinteresado, mediante:- Recurso de Reposición ante el órgano que dictó el actoo Reclamación Económico Administrativa ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública, sin que puedan simultanearse ambos.Plazo de interposición: Un mes.Agota la vía administrativa.

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia