Conceder y tramitar el pago de las ayudas para la creación y el funcionamiento de grupos operativos de la Asociación Europea de Innovación en materia de Productividad y Sostenibilidad Agrícola (AEI-AGRI).
Ayudas relativas al apoyo para la creación y el funcionamiento de grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas, correspondientes a la medida 16.1 del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2020.
Se pretende apoyar la puesta de marcha de proyectos de innovación por parte de los grupos operativos en los ámbitos de la agricultura, ganadería y selvicultura, así como en la transformación y comercialización de productos agroalimentarios o forestales.
Para más información:
Asociaciones inscritas en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia (artículo 3, apartado 4 de la Orden de 7 de julio de 2017).
SECRETARÍA GENERAL DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA (A14028785)
1. Estar inscrito en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia según el procedimiento número 1785 del catálogo de procedimientos y servicios de la CARM.
2. Los socios de los grupos operativos responderán a alguno de los siguientes perfiles:
Sector agroalimentario y forestal: agricultores, ganaderos, silvicultores, organizaciones representativas de los mismos, organizaciones interprofesionales, empresas de sectores directamente relacionados y sus organizaciones representativas, entre otros.
Sector investigador o del conocimiento: universidades, tecnólogos, entidades de I+D+I, asesores, plataformas tecnológicas, entre otros.
Otros: organizaciones no gubernamentales o cualquier otro actor que desempeñe un papel relevante en relación a la temática que abordará el grupo operativo.
3. Los socios del grupo operativo deberán tener actividad o disponer de establecimientos, en el sentido del artículo 4 de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y el Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
4. Al menos un socio del grupo operativo debe pertenecer al ámbito de la agricultura, ganadería, silvicultura o transformación o comercialización de productos agroalimentarios o forestales (apartado 2.a de este artículo).
5. Al menos dos de los socios del grupo operativo serán independientes, es decir, no serán empresas asociadas ni vinculadas entre sí, según los criterios establecidos en el Artículo 3 del Anexo de la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | DIRECTOR/A GENERAL DE POLITICA AGRARIA COMUN |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |