Subvencionar los gastos de funcionamiento y animación de los grupos de acción local para ejecutar las medidas 19.2 y 19.3
Toda la documentación a adjuntar se ajustará a lo dispuesto en el Anexo III correspondiente al Decreto n.º 218/2017, de 2 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas especiales reguladoras de la concesión directa de unas ayudas a los GAL
Las solicitudes de pago de los gastos de funcionamiento se realizarán trimestralmente con los gastos subvencionables del trimestre inmediatamente anterior a la fecha de presentación de solicitudes.
Exceptuando el último trimestre que sólo se incluirán los meses de octubre y noviembre. El mes de diciembre se incluirá en los gastos del primer trimestre del año. La fecha de presentación de la solicitud de pago de los gastos de funcionamiento de los meses de octubre y noviembre se realizará hasta el 5 de diciembre.
Grupos de Acción Local.
Plazo continuo
DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA AGRARIA COMÚN (A14028783)
Los GAL (grupos de acción local), deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda Pública Estatal y Autonómica, así como, de sus obligaciones con a la Seguridad Social tanto en el momento de la solicitud de la ayuda como con carácter previo al pago.
b) No concurrir en cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c) Haber firmado el correspondiente Convenio de Colaboración con la Administración General de la CARM, a través de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca.
Ejecución y publicidad de las EDLP correspondientes a cada GAL
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA |