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Sentimos las molestias ocasionadas.
La convocatoria tiene la consideración de subvención en especie, en régimen de concurrencia competitiva, consistente en la realización de estancias formativas en régimen de inmersión lingüística en inglés mediante la modalidad de campamento, dirigidias al alumnado matriculado en 2.º de Educación Secundaria Obligatoria en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia en el curso escolar objeto de la convocatoria.
En cada convocatoria se ofertará un número determinado de plazas, organizadas en turnos en función de las fechas y lugares de realización establecidos.
Del total de plazas ofertadas, se reservará un 7% para alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, conforme a lo previsto en la convocatoria.
El alumnado cuya unidad familiar tenga unos ingresos inferiores al umbral de renta establecido en la Orden de convocatoria podrá obtener hasta un punto adicional en la baremación, previa solicitud expresa.
Las personas solicitantes podrán indicar en su solicitud todos los turnos en los que tengan disponibilidad, sin límite en el número de opciones.
La adjudicación de plazas y turnos se realizará según la puntuación obtenida una vez aplicado el baremo establecido en la Orden de bases y en la propia convocatoria.
Una vez asignado un turno, no será posible solicitar cambios a otro turno.
Se ofertan 800 plazas dirigidas al alumnado matriculado en 2.º de Educación Secundaria Obligatoria durante el presente curso académico en centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sin perjuicio de que, en función del resultado del procedimiento de contratación del servicio, pueda ampliarse su número.
Del total de plazas ofertadas se reserva un 7% para alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo asociadas a necesidades educativas especiales, trastornos del desarrollo del lenguaje y de la comunicación, trastornos de atención o de aprendizaje, altas capacidades intelectuales, incorporación tardía al sistema educativo o condiciones personales o de historia escolar.
Las estancias formativas se realizarán en campamentos ubicados en la Región de Murcia o a una distancia máxima de 100 kilómetros de sus límites, en entornos naturales de playa o de montaña arbolada. El lugar concreto de realización se especificará en la resolución del procedimiento.
La duración de cada estancia será de 7 días y se desarrollarán en alguno de los turnos establecidos en la convocatoria. Los solicitantes deberán indicar en el formulario sus turnos por orden de preferencia, sin límite en el número de opciones.
Toda la información relativa a las estancias formativas en campamentos la pueden encontrar en https://programaseducativos.es
Los criterios de baremación para la adjudicación de plazas y constitución de lista de espera son los siguientes (máximo 10 puntos):
a) Calificación media de las áreas de 1.º de Educación Secundaria Obligatoria obtenida en el curso académico anterior al objeto de la convocatoria: hasta 4 puntos.
b) Calificación final de Lengua Extranjera: Inglés de 1.º de Educación Secundaria Obligatoria en el curso académico anterior al objeto de la convocatoria: hasta 4 puntos.
c) Haber cursado 1.º de Educación Secundaria Obligatoria en el Programa de profundización en lenguas extranjeras, obteniendo una calificación media de las materias igual o superior a 6: 1 punto.
d) Nivel de renta familiar, previa solicitud, cuando no se supere el umbral establecido en el apartado Octavo de la convocatoria: 1 punto.
Las normas para el cálculo de la renta familiar son las siguientes:
Para obtener el punto correspondiente al nivel de renta familiar, los ingresos de la unidad familiar del ejercicio 2024 no deberán superar los siguientes umbrales, calculados conforme a lo previsto en la Orden de bases reguladora:
| Nº de tributantes: madre, padre, tutor/a legal | Umbral máximo no superable |
| Tributación individual | 30.000 € |
| Tributación conjunta | 50.000 € |
Instrucción del procedimiento
La competencia para la instrucción del procedimiento corresponderá a la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación, actuando como órgano instructor a través del Servicio de Programas Educativos, conforme a lo estrablecido en el apartado Noveno de la Orden de convocatoria.
La instrucción del procedimiento se ajustará a lo dispuesto en las bases reguladoras aprobadas por la Orden de 22 de mayo de 2023 de la Consejería de Educación, Formación Profesioanl y Empleo -modificada por la Orden de 15 de abril de 2025-, por la que se establecen las bases de las subvenciones cofinanciadas por el FSE+ 2021-2027 en régimen de concurrencia competitiva para la realización de estancias formativas en el territorio nacional.
El procedimiento finalizará mediante Orden de concesión dictada por la persona titular de la Consejería de Educación y Formación Profesional, que pondrá fin a la vía administrativa.
Alumnado matriculado en el curso académico objeto de la convocatoria en centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PLANIFICACIÓN EDUCATIVA E INNOVACIÓN (A14038194)
El alumnado seleccionado está obligado a:
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO |
