Los servicios de esta sede electrónica estarán deshabilitados el domingo 24 de septiembre desde la 1:00 de la madrugada a las 8:00 de la mañana.
Sentimos las molestias ocasionadas.
El 27 septiembre de 8:00 a 9:00 habrá cortes puntuales en los servicios de presentación de solicitudes (área "Realizar un trámite"), generación de acuse de recibo de las notificaciones y obtención de certificaciones electrónicas (área "Carpeta ciudadana") de esta sede electrónica por tareas de mantenimiento.
Sentimos las molestias ocasionadas.
Inscribir en el Registro Artesano de la Región de Murcia a los sujetos que se dediquen total o parcialmente a ofrecer servicios a la artesanía, entre ellos la comercialización, el diseño, la asistencia técnica, la innovación, la instalación, el mantenimiento, el control y ensayo, la formación, la actividad social u otros servicios afines (art. 2.2 de la Ley 1/2014, de 13 de marzo, de Artesanía de la Región de Murcia).
Asociaciones, empresas y autónomos
recurso de alzada: un mes a contar desde la notificaciónante ante el Consejero competente en materia de Artesanía conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, ECONOMÍA SOCIAL Y AUTÓNOMOS
DIRECCIÓN GENERAL DE CONSUMO Y ARTESANÍA (A14036703)
Para las empresas: que la empresa ofrezca servicios a la Artesanía de la Región de Murcia.
Para los autónomos: que ofrezca servicios a la Artesanía de la Región de Murcia.
Para las asociaciones: estar ubicada en la Región de Murcia.
Documentación para la renovación: documentación que haya sufrido una variación significativa.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EMPR,ECONOM SOC. Y AUTONOMOS |