Por tareas de mantenimiento y mejora, entre las 08:30 y las 09:00 horas del día 19/05/2025, algunos trámites del Parque Móvil Regional en esta sede estarán temporalmente fuera de servicio.
Sentimos las molestias ocasionadas.
Establecer la convocatoria de subvenciones económicas, en régimen de concurrencia competitiva, a profesionales del sector de las industrias musicales de la Región de Murcia para colaborar en los gastos de asistencia a ferias, festivales, salones alternativos de interés comercial, así como, todo tipo de iniciativas, proyectos, eventos o actos que promocionen su sector y a los artistas musicales de la Región y que se celebren durante el 2017 fuera de la Región, tanto a nivel nacional como a nivel internacional.
No podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones los profesionales que estén incursos en alguna de las circunstancias previstas en los artículos 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y concordantes de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Profesionales en la Promoción y Representación de grupos musicales en la Región de Murcia
a) Que se trate de profesionales dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en alguno de los siguientes epígrafes profesionales o empresariales con carácter previo a la convocatoria:
0983: Agencia de colocación de artistas.
0853: Agentes de colocación de artistas.
0851: Representantes técnicos del espectáculo.
476.9: Editor discográfico.
3552: Edición de soportes grabados de sonido, de vídeo y de informático.
b) Que sean profesionales con sede social en la Región de Murcia.
c) Que la actividad cuya ayuda solicita se encuentre comprendida en el objeto dela convocatoria.
d) Que al menos, el 50% de los artistas que se incluyan en la actividad sean murcianos o tengan su residencia en la Región a la fecha de publicación de esta convocatoria.
Los beneficiarios quedan obligados a justificar, en el plazo de tres meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de ejecución, el cumplimiento de la actividad y la aplicación de los fondos percibidos a los fines que motivaron su libramiento.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.