Avisos

Atención

Por tareas de mantenimiento y mejora de Portafirmas, el lunes 17/11/2025 de 15:00 a 18:00 horas, algunos servicios de la CARM pueden no estar disponibles.

Atención

Por tareas de mantenimiento y mejora de Cajamar, entre las 23:00 del sábado 15/11/2025 y las 7:00 horas del domingo 16/11/2025, el servicio de Pasarela de Pagos de la CARM puede no estar disponible.

Atención

Por cambios en el sistema informático se comunica que, el lunes 17 de noviembre entre las 15:00 y las 20:00 horas, no estará disponible la presentación de solicitudes ni trámites electrónicos para los procedimientos de las siguientes Unidades Gestoras:

- Dirección General de Industria, Energía y Minas

- Dirección General de Consumo

- Dirección General de Impulso al Comercio, Innovación Empresarial e Industrias y Oficios Artesanales

Sentimos las molestias ocasionadas.

Licencia interautonómica de caza (código 2402) (SIA 1998473)

Información Básica

Objeto:

La licencia interautonómica habilita para la caza en cualquier modalidad cinegética en las Comunidades Autónomas de Aragón, Principado de Asturias, Castilla y León, Extremadura, Comunidad de Madrid, Galicia, Comunitat Valenciana y Región de Murcia.

 

 

Información de Interés

  • La autoliquidación para el pago de la tasa se genera en el formulario, se deberá presentar la instancia en alguna de las entidades colaboradoras, presentando el ejemplar de la solicitud. 
  • En el formulario se incorporan las instrucciones para presentación de la instancia.

Para realizar la tramitación inmediata presencialmente en Red de Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la CARM, el interesado debe comparecer personalmente y autorizar, mediante su firma en el formulario establecido al efecto, al funcionario que le asiste para que acceda a la sede electrónica a tramitar y obtener en su nombre la licencia. En estas oficinas no se admite la actuación mediante representante para la obtención inmediata de dichas licencias.

En caso de CC.AA que hayan implantado la habilitación de la caza mediante pruebas no presenciales (online), por ejemplo Aragón, y se solicite obtener la licencia interautonómica en la Región de Murcia, deberán acreditar mediante certificación expedida por el organismo competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, el tipo de prueba de aptitud realizada para obtener la habilitación.  No se reconocerá como persona habilitada a los efectos de obtener la licencia interautonómica de caza en la Región de Murcia, las licencias o certificados de superación de pruebas de aptitud que hayan sido obtenidas mediante pruebas no presenciales (art. 2.3 del Decreto n.º 112/2018, de 23 de mayo).

Destinatarios:

Ciudadanía.

Personas físicas mayores de edad o menores de edad mayores de 14 años autorizados.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO NATURAL Y ACCIÓN CLIMÁTICA (A14028276)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

a) Que sea ciudadano español o extranjero residente en España.

b) Que haya abonado la tasa exigida para la obtención de la licencia interautonómica de caza.

c) Que no se encuentre inhabilitado para la obtención de licencia de caza por sanción administrativa firme en cualquiera de las Comunidades Autónomas signatarias o por resolución judicial firme en aplicación de la legislación penal, a partir del 14 de noviembre de 2015.

d) Será necesario superar el examen del cazador u otro sistema de acceso equivalente que haya establecido cada Comunidad Autónoma, en caso de inhabilitación o ser nuevo cazador a partir de 14 de noviembre de 2015.

En caso de CC.AA que hayan implantado la habilitación de la caza mediante pruebas no presenciales (online), por ejemplo Aragón, y se solicite obtener la licencia interautómica en la Región de Murcia, deberán acreditar mediante certificación expedida por el organismo competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, el tipo de prueba de aptitud realizada para obtener la habilitación.  No se reconocerá como persona habilitada a los efectos de obtener la licencia inteautonómica de caza en la Región de Murcia, las licencias o certificados de superación de pruebas de aptitud que hayan sido obtenidas mediante pruebas no presenciales (art. 2.3 del Decreto n.º 112/2018, de 23 de mayo).

Documentos a aportar junto con la solicitud

Licencia interautonómica de caza
  • Póliza y recibo de seguro de responsabilidad civil
    (Obligatorio / Original)
    vigente del cazador cuando se tramite la expedición de la licencia de caza con armas.- Justificante del seguro de daños propios por accidente sobrevenido durante la práctica deportiva.
  • Documentación justificativa
    (Obligatorio / Original)
    de haber superado la prueba de examen de nuevo cazador (aquellos que no tengan licencia de caza con fecha anterior a 14 de noviembre de 2015) o se hallen habilitados por sanción administrativa firme o resolución judicial firme.
  • Acreditación
    (Obligatorio / Original)
    Certificado acreditativo de posesión de licencia de caza o, en su caso, licencia de caza anterior a 14 de noviembre de 2015.
  • Autorización
    (No obligatorio / Original)
    Autorización escrita, según modelo normalizado Anexo I, de uno cualquiera de los padres, tutores o de quienes estén encargados de la custodia del menor de edad mayor de 12 años.

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Modelos para solicitudes
Obtención de la Carta de Pago y abono de la tasa

Obtener Carta de Pago Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica  (Autoliquidación)

Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Lugares presentación

Para realizar la tramitación inmediata presencialmente en Red de Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la CARM, el interesado debe comparecer personalmente y autorizar, mediante su firma en el formulario establecido al efecto, al funcionario que le asiste para que acceda a la sede electrónica a tramitar y obtener en su nombre la licencia. En estas oficinas no se admite la actuación mediante representante para la obtención inmediata de dichas licencias. El funcionario habilitado sólo puede actuar ante los interesados.

Tasas a abonar

  • Si va a realizar la solicitud de forma electrónica la generación de la carta de pago y su abono se realizará desde el propio formulario electrónico de solicitud tras cumplimentarla se redirigirá a la Pasarela de Pagos CARM, y una vez abonado se continuará para firmar y finalizar la presentación.
  • Si el procedimiento lo realiza mediante solicitud de forma presencial, podrá abonarla con tarjeta en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la CARM o mediante carta de pago en la tramitación realizada en oficinas de municipios de la Región de Murcia.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 0

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. DG de Transformación Digital. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia