Se encuentra temporalmente deshabilitado el enlace “Acceso por certificado digital” de PASE ("Pasarela de Acceso a los Servicios Electrónicos"), el servicio de identificación de esta sede electrónica.
Para usar su certificado digital en PASE debe:
1. Acceder a través del enlace “cl@ve - Acceso con identidad electrónica para las administraciones”
2. Dentro de cl@ve, usar la opción “DNIe / Certificado electrónico”
Sentimos las molestias ocasionadas.
Obtener un servicio o una prestación económica vinculada inicial, o la modificación de uno ya reconocido, para:
Personas mayores que tengan reconocido un grado de dependencia a través del Procedimiento 7402
REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE POLÍTICA SOCIAL, FAMILIAS E IGUALDAD
INSTITUTO MURCIANO DE ACCION SOCIAL (IMAS)
D.G. PERSONAS MAYORES (A14013939)
Tener reconocido un grado de dependencia que, en el caso de solicitudes para ingreso en Residencias o su correspondiente prestación económica vinculada, debe ser grado 2 o 3.
Tener acreditada residencia en territorio español durante cinco años, dos de los cuales deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Residir y estar empadronado en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el momento de la presentación de la solicitud. Para el reconocimiento del derecho al servicio de teleasistencia y servicio de ayuda a domicilio, el interesado deberá figurar empadronado en el domicilio donde se vayan a prestar dichos servicios
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Entrega de documentos mediante la referencia del Sistema de Petición de Documentos (PETIDOC)
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A POL.SOCIAL, FAMILIAS E IGUALD. |